DECRETO 371 DE 2010
(febrero 5)
D.O. 47.614, febrero 5 de 2010
por el cual se convoca a elecciones para escoger Gobernador del Departamento del Caquetá y se prorroga un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 189 y 303 de la Constitución Política y 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que el señor Luis Francisco Cuéllar Carvajal en calidad de Gobernador del Departamento del Caquetá fue secuestrado en la noche del 21 de diciembre de 2009 y posteriormente hallado muerto en zona rural de del municipio de Florencia (Caquetá).
Que como consecuencia de lo anterior se expidió el Decreto número 4956 del 22 de diciembre de 2009, a través del cual se encargó provisionalmente a la doctora Olga Patricia Vega Cedeño de las funciones del Despacho del Gobernador del Departamento del Caquetá.
Que el inciso 3° del artículo 303 de la Constitución Política, establece: “Siempre que se presente falta absoluta a más de dieciocho (18) meses de la terminación del período, se elegirá gobernador para el tiempo que reste. En caso de que faltare menos de dieciocho (18) meses, el Presidente de la República designará un Gobernador para lo que reste del período, respetando el partido, grupo político o coalición por el cual fue inscrito el gobernador elegido”.
Que habida consideración que falta más de dieciocho (18) meses para la terminación del período constitucional del Gobernador del Departamento del Caquetá, se hace necesario convocar a elecciones para escoger mandatario seccional y prorrogar el encargo de la ciudadana que está al frente de las funciones del Despacho.
DECRETA:
Artículo 1°. Convocar a elecciones para escoger Gobernador del Departamento del Caquetá para el día 18 de abril de 2010, de acuerdo a la fecha acordada con la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Artículo 2°. Prorrogar el encargo efectuado mediante Decreto número 4956 del 22 de diciembre de 2009 a la doctora Olga Patricia Vega Cedeño, identificada con la cédula de ciudadanía número 40774641 de Florencia (Caquetá), quien se desempeña en el cargo de Secretaria General de la Gobernación de ese departamento, mientras se posesiona el mandatario que resulte elegido.
Artículo 3°. Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 5 de febrero de 2010.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.