DECRETO 3683 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 3683 DE 2010    

(octubre 5)    

D.O. 47.853, octubre 5 de 2010    

por el cual se hace  efectiva una sanción de destitución e inhabilidad impuesta al Gobernador del  departamento del Putumayo y se hace una designación.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales, en especial las conferidas por los artículos 303 de la Constitución Política y  172 de la Ley 734 de 2002, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Procuraduría  Segunda Delegada para la Casación Penal, mediante fallo del 18 de diciembre de  2009, proferido en primera instancia, sancionó al doctor Felipe Alfonso Guzmán  Mendoza, en su condición de Gobernador del departamento del Putumayo, para la  época de los hechos, con destitución del cargo e inhabilidad general por el  término de doce (12) años, por encontrarlo responsable disciplinariamente.    

Que la providencia  antes referenciada fue apelada y decidida en segunda instancia por el Despacho  del Procurador General de la Nación, a través de fallo del 2 de septiembre de  2010, proferido dentro del proceso radicado con el número D-2009-654-102774, el  cual, entre otros aspectos, confirmó la sanción de destitución del cargo e  inhabilidad general por el termino de doce (12) años impuesta al señor Felipe  Alfonso Guzmán Mendoza, identificado con la cédula de ciudadanía número  2571934, en su condición de Gobernador del departamento del Putumayo.    

Que mediante Oficio  número SIAF309818, radicado en el Ministerio del  Interior y de Justicia el 21 de septiembre del mismo año, la Secretaría de la  Procuraduría Auxiliar para Asuntos Disciplinarios remitió copia de la  constancia de ejecutoria del fallo.    

Que en acatamiento de  lo ordenado por el inciso 3° del artículo 303 de la Constitución Política,  se hace necesario designar como Gobernador para el departamento del Putumayo, a  un ciudadano perteneciente al Partido Liberal, de acuerdo con la lista  presentada por el Director Nacional de dicho partido, mediante escrito del 15  de septiembre de 2010, radicado bajo el EXT10-49075-059600.    

Que en virtud de lo  antes expuesto, y de conformidad con lo establecido en los artículos 303 de la Constitución Política y  172 de la Ley 734 de 2002, se  hace necesario dar cumplimiento a las citadas decisiones y, por lo tanto,  ejecutar la destitución e inhabilidad del señor Felipe Alfonso Guzmán Mendoza,  identificado con la cédula de ciudadanía número 2571934 en su condición de  Gobernador del departamento del Putumayo y efectuar la designación para el  resto del período constitucional.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Destituir  al señor Felipe Alfonso Guzmán Mendoza, identificado con la cédula de  ciudadanía número 2571934, en su condición de Gobernador del departamento del  Putumayo, e inhabilitarlo por el término de doce (12) años, en cumplimiento de  lo ordenado por la Procuraduría Segunda Delegada para la Casación Penal,  mediante fallo del 18 de diciembre de 2009, proferido dentro del proceso  radicado bajo el número D-2009-654-102774, y confirmado por el Despacho del  Procurador General de la Nación en providencia del 2 de septiembre de 2010, de  conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.    

Artículo 2°. Designar  al doctor Julio Byron Viveros Chaves, identificado  con la cédula de ciudadanía número 18123344 de Mocoa, Putumayo, por el periodo  restante de acuerdo a lo señalado en la parte motiva del presente acto.    

Artículo 3°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y contra él no  procede recurso alguno, de acuerdo a lo establecido en el artículo 49 del  Código Contencioso Administrativo.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C.,  a 5 de octubre de 2010.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro del  Interior y de Justicia,    

Germán Vargas Lleras.    

               

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