DECRETO 3119 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 3119 DE 2010     

(agosto  19)    

D.O. 47.807, agosto 20 de 2010    

por el cual se confiere la Orden de la  “Estrella de la Policía”.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confieren los  artículos 3° y 6° del Decreto 2612 de 1966,  y    

CONSIDERANDO:    

Que de acuerdo con el Decreto 2612 de 1966,  es deber del Gobierno Nacional, distinguir a las personas que por sus  actividades o en cumplimiento del deber, han trabajado en defensa de la paz  pública y de las Instituciones democráticas.    

Que el Consejo de la  Orden de la “Estrella de la Policía”, en su sesión celebrada el día 24 de mayo  de 2010, consideró oportuno proponer esta condecoración al señor Director General  de la Policía Nacional del Perú, el cual se ha distinguido por sus invaluables  servicios, la incondicional colaboración en el fortalecimiento de nuestras  Instituciones Policiales, lo que ha permitido coordinar operaciones en conjunto  dando como resultado grandes éxitos en la lucha contra la delincuencia y el  narcotráfico.    

Que el señor General  Elmer Miguel Hidalgo Medina, Director General de la Policía Nacional del Perú  en su trayectoria profesional se ha desempeñado en cargos desde los cuales ha  aportado a la construcción y consolidación de la seguridad regional,  destacándose como un policía ejemplar, cuyas actividades en el orden nacional e  internacional han estado enfocadas en la continuidad y sostenibilidad de un  modelo ejemplar de institucionalidad en la región, destacando los altos niveles  de integración institucional y el constante y permanente apoyo con la Policía  Nacional de Colombia.    

DECRETA:    

Artículo 1°.  Confiérase la Orden de la “Estrella de la Policía”, en el Grado Estrella Cívica  Categoría Gran Oficial, al señor General Elmer Miguel Hidalgo Medina, Director  General de la Policía Nacional del Perú, de conformidad con la parte motiva del  presente acto administrativo.    

Artículo 2°. La  condecoración a la que se refiere el artículo anterior, será impuesta en  ceremonia especial de acuerdo con el Reglamento de Ceremonial y Protocolo  Policial, el día 31 de agosto de 2010.    

Artículo 3°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C.,  a 19 de agosto de 2010.    

JUAN MANUEL SANTOS  CALDERÓN    

El Ministro de Defensa  Nacional,    

Rodrigo  Rivera Salazar.    

               

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