DECRETO 2961 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 2961 DE 2010    

(agosto 6)    

D.O. 47.793, agosto 6 de  2010    

Por el  cual se honra la memoria del doctor HERNANDO AGUDELO VILLA    

El Presidente de la República en uso de  sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo  189 de la Constitución Política y  la ley 4 de 1913    

CONSIDERANDO    

Que ha  muerto rodeado de la admiración, el cariño y el respeto de los colombianos, el  ilustre dirigente antioqueño HERNANDO AGUDELO VILLA;    

Que el  doctor HERNANDO AGUDELO VILLA, perteneció a una estirpe de patriotas consagrados  al estudio y al servicio comunitario. Su abuelo, el doctor José María Villa,  dio brillo a la ingeniería colombiana con el Puente Histórico de la vieja Santa  Fe y su participación en el de Brooklyn;    

Que el  doctor HERNANDO AGUDELO VILLA, fue un intelectual que al intervenir en la política,  ejerció sobre ella un efecto vivificador y dejó una huella profunda en la  sociedad;    

Que el  doctor HERNANDO AGUDELO VILLA, es el padre de una generación política de demócratas  integrales, independientes intelectuales, comprometidos con la búsqueda del la  felicidad y el bienestar del pueblo como razón de ser de la función estatal;    

Que el  doctor HERNANDO AGUDELO VILLA, es uno de los grandes de nuestra historia del  siglo XX, por su concepción patriótica de la  economía, por la defensa no dogmática de las ideas liberales y por su compromiso cierto y  sincero con el desarrollo nacional;    

Que con  su inteligencia y su formación profunda, el doctor HERNANDO AGUDELO VILLA, cumplió  un papel trascendental en la economía colombiana, como zar de las finanzas en  el primer gobierno del Frente Nacional y como Ministro de Fomento en el último  de ese sistema, como presidente de la Federación Nacional de Comerciantes,  representante de Colombia ante el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y  presidente de la Sociedad Económica de Amigos del País;    

Que el  doctor HERNANDO AGUDELO VILLA, conocedor de la teoría económica, de la historia  y de la sociología nacional, elaboró diagnósticos y soluciones que han servido  bien a la Nación. A su compromiso debemos nuevas instituciones que nutrieron la  vida nacional; una lucha sin cuartel por la transparencia cuando se creyó que  el clientelismo, la politiquería y la ineficiencia administrativa eran indestronables; su persistencia en la industrialización y  afán por una economía privada sin monopolios, con un Estado que interviniera  para conciliar sin interferir la iniciativa productiva;    

Que el  doctor HERNANDO AGUDELO VILLA, fue un Patriota admirado por empresarios y trabajadores,  respetado por pensadores sin importar que compartieran o disintieran de sus ideas  y acatado por miles de luchadores en el cotidiano ejercicio de la deliberación democrática.    

Que el  Gobierno Nacional lamenta la desaparición del doctor HERNANDO AGUDELO VILLA, y  la pérdida de su presencia bienhechora en el trabajo incansable por el progreso  de la Patria. No obstante, consuela saber que tuvimos un elevado ejemplo de  vida y que su recuerdo es y será riqueza moral de la Nación y legado para las  futuras generaciones.    

DECRETA:    

Artículo 1º. El Gobierno Nacional  manifiesta su profundo dolor por el fallecimiento del doctor HERNANDO AGUDELO  VILLA y expresa sus condolencias y sentimientos de solidaridad a su esposa  CARMEN EUGENIA RUANO JIMENEZ, a sus hijos ROSARIO y  ANDRÉS AGUDELO RESTREPO, demás familiares y allegados    

Artículo 2º. El Gobierno Nacional expresa  su más profundo dolor y se solidariza con el luto de los familiares del doctor  HERNANDO AGUDELO VILLA.    

Artículo 3º. Copia del presente decreto se  hará llegar en nota de estilo a sus familiares.    

Artículo 4º. El presente Decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese  y cúmplase    

Dado en Bogotá, D. C., a 6 de  agosto de 2010.    

ALVARO URIBE  VÉLEZ    

El Ministro del Interior y de  Justicia,    

Fabio Valencia  Cossio.    

               

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