DECRETO 2961 DE 2010
(agosto 6)
D.O. 47.793, agosto 6 de 2010
Por el cual se honra la memoria del doctor HERNANDO AGUDELO VILLA
El Presidente de la República en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 189 de la Constitución Política y la ley 4 de 1913
CONSIDERANDO
Que ha muerto rodeado de la admiración, el cariño y el respeto de los colombianos, el ilustre dirigente antioqueño HERNANDO AGUDELO VILLA;
Que el doctor HERNANDO AGUDELO VILLA, perteneció a una estirpe de patriotas consagrados al estudio y al servicio comunitario. Su abuelo, el doctor José María Villa, dio brillo a la ingeniería colombiana con el Puente Histórico de la vieja Santa Fe y su participación en el de Brooklyn;
Que el doctor HERNANDO AGUDELO VILLA, fue un intelectual que al intervenir en la política, ejerció sobre ella un efecto vivificador y dejó una huella profunda en la sociedad;
Que el doctor HERNANDO AGUDELO VILLA, es el padre de una generación política de demócratas integrales, independientes intelectuales, comprometidos con la búsqueda del la felicidad y el bienestar del pueblo como razón de ser de la función estatal;
Que el doctor HERNANDO AGUDELO VILLA, es uno de los grandes de nuestra historia del siglo XX, por su concepción patriótica de la economía, por la defensa no dogmática de las ideas liberales y por su compromiso cierto y sincero con el desarrollo nacional;
Que con su inteligencia y su formación profunda, el doctor HERNANDO AGUDELO VILLA, cumplió un papel trascendental en la economía colombiana, como zar de las finanzas en el primer gobierno del Frente Nacional y como Ministro de Fomento en el último de ese sistema, como presidente de la Federación Nacional de Comerciantes, representante de Colombia ante el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y presidente de la Sociedad Económica de Amigos del País;
Que el doctor HERNANDO AGUDELO VILLA, conocedor de la teoría económica, de la historia y de la sociología nacional, elaboró diagnósticos y soluciones que han servido bien a la Nación. A su compromiso debemos nuevas instituciones que nutrieron la vida nacional; una lucha sin cuartel por la transparencia cuando se creyó que el clientelismo, la politiquería y la ineficiencia administrativa eran indestronables; su persistencia en la industrialización y afán por una economía privada sin monopolios, con un Estado que interviniera para conciliar sin interferir la iniciativa productiva;
Que el doctor HERNANDO AGUDELO VILLA, fue un Patriota admirado por empresarios y trabajadores, respetado por pensadores sin importar que compartieran o disintieran de sus ideas y acatado por miles de luchadores en el cotidiano ejercicio de la deliberación democrática.
Que el Gobierno Nacional lamenta la desaparición del doctor HERNANDO AGUDELO VILLA, y la pérdida de su presencia bienhechora en el trabajo incansable por el progreso de la Patria. No obstante, consuela saber que tuvimos un elevado ejemplo de vida y que su recuerdo es y será riqueza moral de la Nación y legado para las futuras generaciones.
DECRETA:
Artículo 1º. El Gobierno Nacional manifiesta su profundo dolor por el fallecimiento del doctor HERNANDO AGUDELO VILLA y expresa sus condolencias y sentimientos de solidaridad a su esposa CARMEN EUGENIA RUANO JIMENEZ, a sus hijos ROSARIO y ANDRÉS AGUDELO RESTREPO, demás familiares y allegados
Artículo 2º. El Gobierno Nacional expresa su más profundo dolor y se solidariza con el luto de los familiares del doctor HERNANDO AGUDELO VILLA.
Artículo 3º. Copia del presente decreto se hará llegar en nota de estilo a sus familiares.
Artículo 4º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase
Dado en Bogotá, D. C., a 6 de agosto de 2010.
ALVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.