DECRETO 2901 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 2901 DE 2010    

(agosto 5)    

D.O. 47.793, agosto 6 de 2010    

Por medio del cual se concede la orden del Mérito Industrial  en la Categoría de Oficial.    

El Presidente de la República de Colombia, En uso de sus facultades  constitucionales y legales, en especial las conferidas por los Decretos 2898 de 1945, 1190 de 1984 y 572 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que es deber del Gobierno Nacional estimular y premiar en el campo de la industria colombiana, los servicios y  el esfuerzo de quienes hayan contribuido a su engrandecimiento.    

Que el Gobierno Nacional creó la ORDEN DEL MÉRITO INDUSTRIAL, con el fin de exaltar y reconocer actos  notables que contribuyen al crecimiento de la industria nacional, y los servicios eminentes  prestados para su desarrollo.    

Que el  señor JEAN CLAUDE VICTOR  BESSUDO, exitoso empresario francés de los sectores Turístico, Hotelero y de Transporte  de Carga; es demostración fehaciente  de los invaluables servicios que prestan a la patria, sus connotados hijos por adopción;    

Que el señor JEAN CLAUDE VICTOR BESSUDO, ha  consolidado al Grupo Aviatur, como una  de las agencias de viajes más grandes de Colombia y América Latina, con casi trescientas  oficinas en el mundo, más de doce mil clientes corporativos y de setenta y un mil clientes individuales; generando  cuatro mil quinientos empleos directos e  indirectos que reportan bienestar a igual numero de familias;    

Que el señor JEAN CLAUDE VICTOR BESSUDO, es adalid  del desarrollo turístico  y hotelero del país, no sólo como empresario, sino como Presidente en siete ocasiones de la Asociación  Colombiana de Agencias de Viajes- ANATO y vicepresidente de la Asociación  Internacional de Congresos y Convenciones- ICCA;    

Que el  señor JEAN CLAUDE VICTOR  BESSUDO, ha realizado una destaca labor a favor la comunidad, el comercio, la cultura  y nuestra fuerza pública, como miembro  de las Juntas Directivas de las Fundaciones Corazón Verde y Cirec;  del Teatro Libre, del Festival  Iberoamericano de Teatro, de la Sociedad Santanderista;  de las Cámaras Colombo Francesa de  Comercio e Industria, Colombo China y Colombo Panameña, entre otras;    

Que en el campo de la Responsabilidad Social, el señor JEAN CLAUDE VICTOR BESSUDO es  demostración del enorme bienestar que generan los particulares cuando hay transparencia y  desprendimiento. A través de la Fundación Aviatur,  por ejemplo, proyecta y promueve  programas dirigidos a los jóvenes, a la protección de la tercera edad y al impulso de las  microempresas; además, incentiva el desarrollo de proyectos para los empleados y las familias de las  empresas de su grupo empresarial, con el  propósito de convertirse en el mejor lugar para trabajar en Colombia;    

Que entre otras, distinciones recibidas por el señor JEAN CLAUDE VICTOR BESSUDO, se destacan  las siguientes:    

·               Llaves de  la Ciudad. Alcaldía Mayor de Cartagena, 1981;    

·               Orden al Mérito José Acevedo y  Gómez, Consejo de Santa Fe de Bogotá, 1997;    

·               Orden de  la Democracia Simón Bolívar en el grado de Gran Cruz, Cámara de Representantes, 2006;    

·               Llave de  Oro del Hotel Tequendama, Ministerio de Defensa Nacional, 2007;    

·               Mejor  Gerente del Año, Diario Portafolio, 2007;    

·               Doctor  Honoris Causa en Administración de Empresas Turísticas, Universidad Autónoma del Caribe, 2008;    

·               Cruz  Caballero, Senado de la República, 2010;    

Que el señor JEAN CLAUDE VICTOR BESSUDO, con su  visión y emprendimiento se ha convertido en uno de los artífices del  crecimiento de la industria y del turismo nacional.    

Que mediante estudio preliminar, se evaluó la gestión del señor JEAN CLAUDE VICTOR BESSUDO, y se decidió otorgarle la Orden del Mérito  Industrial en la categoría de “Oficial”, por cumplir los requisitos para su  concesión.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Concédase la “ORDEN DEL  MÉRITO INDUSTRIAL”, en la categoría de “OFICIAL”,  al señor JEAN CLAUDE VICTOR BESSUDO, como homenaje de reconocimiento a su notable contribución y aportes a la  Industria Turística Nacional.    

Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir  de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase    

Dado en Bogotá, D. C., a 5 de agosto de  2010    

ALVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,    

Luis Guillermo Plata Paéz    

               

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