DECRETO 2830 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 2830  DE 2010    

(agosto  5)    

D.O. 47.792, agosto 5 de 2010    

por el cual se designa un Notario  en interinidad en el Círculo Notarial de Bogotá.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales, en especial las  conferidas en los artículos 138 numeral 1 del Decreto ley 960 de  1970, 5° del Decreto 2163 de 1970  y 66 del Decreto  Reglamentario 2148 de 1983,    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Acuerdo 142  del 9 de junio de 2008, el Consejo Superior conformó la Lista de Elegibles para  proveer en propiedad el cargo de Notario en los departamentos de Cundinamarca,  Boyacá, Tolima, Casanare, Vichada, Meta, Guaviare, Caquetá, Amazonas, Putumayo  y San Andrés, la cual fue conformada por Círculo Notarial, con los nombres y documentos  de identidad de quienes, en estricto orden descendente, obtuvieron los mayores puntajes,  como resultado de las calificaciones correspondientes a las distintas fases del  concurso, de acuerdo con el mínimo fijado para la integración de las listas de elegibles  de sesenta (60) puntos, (Decreto 926 de 2007,  artículo 19 del Acuerdo 01 de 2006.).    

Que de conformidad con el  contenido del artículo 3° de la Ley 588 de 2000, las  listas de elegibles tendrán una vigencia de dos (2) años.    

Que el Acuerdo 142 de  junio 9 de 2008, se publicó en el Diario Oficial número 47.016 del 10 de junio  de 2008, así como en diarios de amplia circulación el 11 de junio de 2008, motivo  por el cual, de conformidad con la Ley 588 de 2000,  estuvo vigente hasta el 11 de junio de 2010.    

Que en el artículo 2° del  Decreto  2081 del 10 de junio de 2010, Notaría Sesenta y Seis (66) del Círculo de  Bogotá, en propiedad.    

Que mediante escrito OFI10-00065434/AUV 13200 del 19  de julio de 2010, la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República  remite la comunicación a través de la cual la Notaria nombrada solicita al  señor Presidente de la República se modifique el nombramiento efectuado como  Notaria 66 del Círculo de Bogotá, por cuanto, en su sentir, dicha Notaria no es  la que le corresponde.    

En subsidio, en la misma  comunicación, la nombrada informa que declina su designación como Notaria 66 de  Bogotá por las razones anotadas.    

Que la Superintendencia  de Notariado y Registro respondió lo pertinente a la solicitud formulada,  mediante escrito OAJ-1740 del 18 de julio de 2010.    

Que en aplicación de lo  señalado en el artículo 138 del Decreto 960 de 1970,  para no afectar el servicio público notarial y por cuanto no existe lista de  elegibles, al quedar vacante el cargo, se hace necesario y es procedente  designar Notario Sesenta y Seis en interinidad en el Círculo Notarial de  Bogotá.    

Que de conformidad con el  contenido del artículo 66 del Decreto 2148 de 1983,  literal c):    

“El Notario desempeña el  cargo en propiedad, en interinidad o por encargo.    

c) Por falta absoluta del  titular (…)”.    

Que la designación de los  Notarios de Primera Categoría es competencia del Gobierno Nacional.    

Que con fundamento en lo  anteriormente expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Nómbrese al doctor  Héctor Adolfo Sintura Varela, identificado con cédula  de ciudadanía número 79389928, como Notario Sesenta y Seis del Círculo de  Bogotá, en interinidad, mientras se provee el cargo en propiedad.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  5 de agosto de 2010.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior  y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

               

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