DECRETO 2723 DE 2010
(julio 28)
D.O. 47.785, julio 29 de 2010
por medio del cual se confiere una condecoración de la Orden de San Carlos.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los Decretos 2397 de 1954, 3363 de 1980, 2169 de 1986 y 1220 de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional ha instituido la Orden de San Carlos, con el fin de honrar y enaltecer a ciudadanos colombianos y extranjeros, civiles o militares, que hubieren prestado señalados servicios a la Nación, especialmente en el campo de las relaciones internacionales;
Que los señores Coronel Hugo Hernando Silva Zambrano, Jefe de Avanzadas; Teniente Coronel Beatriz Helena Vargas Meza, Edecán de la Policía Nacional; Teniente Coronel Yesid Mauricio Arango Sierra, Oficial de Seguridad, y Mayor Andrés Reyes Ortegón, Oficial de Seguridad; adscritos todos a la Presidencia de la República, se han distinguido por la total lealtad, consagración y excelente desempeño al servicio del Primer Mandatario, haciendo gala de los valores y virtudes policiales, lo que les ha valido el reconocimiento de la institución a la que pertenecen;
Que los señores Coronel Hugo Hernando Silva Zambrano; Teniente Coronel Beatriz Helena Vargas Meza; Teniente Coronel Yesid Mauricio Arango Sierra, y Mayor Andrés Reyes Ortegón; representan el honor policial y la lucha incansable por la seguridad y el bienestar de todos los colombianos;
Que es deseo del Gobierno Nacional, exaltar los méritos personales y profesionales de los señores oficiales, miembros de la Casa Militar y Secretaría de Seguridad de la Presidencia de la República, por sus connotados servicios al país;
DECRETA:
Artículo 1°. Confiérase la condecoración de la Orden de San Carlos en el Grado de Comendador Coronel Hugo Hernando Silva Zambrano, Jefe de Avanzadas de la Presidencia de la República; Teniente Coronel Beatriz Helena Vargas Meza, Edecán de Policía de la Presidencia de la República; Teniente Coronel Yesid Mauricio Arango Sierra, Oficial de Seguridad de la Presidencia, y Mayor Andrés Reyes Ortegón, Oficial de Seguridad de la Presidencia.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de julio de 2010.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Jaime Bermúdez Merizalde.