DECRETO 2673 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 2673 DE 2010     

(julio 26)    

D.O. 47.782,  julio 26 de 2010    

por el  cual se confiere condecoración “Orden de la Justicia”, a un funcionario del  Ministerio del Interior y de Justicia.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto  número 3970 del 29 de noviembre de 2004, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  número 3970 del 29 de noviembre de 2004, se creó la “Orden de la Justicia”,  como galardón honorífico para resaltar las virtudes y servicios de aquellos que  han demostrado singular consagración a la causa de la Justicia.    

Que Carlos Levi Quintero Suárez, Ingeniero Industrial  bogotano, Técnico en Electrónica y Comunicaciones, con estudios sobre Sistema  de Gestión de Calidad, con amplia experiencia en el Ministerio del Interior y  de Justicia, destacado por su dedicación y responsabilidad demostrada en la  ejecución de sus funciones asumiendo en toda dimensión su condición de  “servidor público” y su compromiso con la misión del Ministerio, así como su  importante participación en los programas de bienestar del Sector del Interior  y de Justicia, es merecedor de la condecoración “Orden de la Justicia”, en  reconocimiento a su trayectoria por su labor meritoria en este campo.    

Que el Ingeniero Quintero Suárez, por sus invaluables  servicios, compromiso y sentido de pertenencia, fue elegido por sus compañeros  y recibió la distinción como el mejor servidor público del año 2010 del  Ministerio del Interior y de Justicia, constituyéndose en un verdadero ejemplo  por sus virtudes, capacidad, responsabilidad y eficiencia, reflejo de los  valores institucionales que contribuyen al cumplimiento de la misión y al logro  de los objetivos del Ministerio.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Confiérase la condecoración “Orden de la  Justicia” al ingeniero Carlos Levi Quintero Suárez, funcionario del Ministerio  del Interior y de Justicia.    

Artículo 2. Esta condecoración será impuesta por el señor  Ministro del Interior y de Justicia en ceremonia especial.    

Artículo 3°. Transcríbase en nota de estilo y entréguese  al condecorado.    

Artículo 4°. El presente Decreto rige a partir de la fecha  de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de julio de 2010.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

               

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