DECRETO 2633 DE 2010
(julio 21)
D.O. 47.778, julio 22 de 2010
por el cual se modifica el detalle del aplazamiento contenido en el Decreto 325 del 3 de febrero de 2010.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y, en particular, las previstas en los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en cualquier mes del año fiscal, el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o aplazar total o parcialmente, las apropiaciones presupuestales, entre otros cuando la coherencia macroeconómica así lo exija o cuando el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a tales recursos. En tales casos, el Gobierno podrá prohibir o someter a condiciones especiales la asunción de nuevos compromisos y obligaciones;
Que el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, expidió el Decreto 325 de 2010 mediante el cual se aplazaron algunas apropiaciones del Presupuesto General de la Nación por la suma de $5.822,2 mil millones;
Que el Consejo de Ministros, el 21 de enero de 2010, facultó al Consejo Superior de Política Fiscal (Confis), para emitir el concepto previo de que trata el artículo 76 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en el evento en que nuevas circunstancias permitan modificar o levantar el aplazamiento total o parcialmente;
Que el artículo 5° del Decreto 325 del 3 de febrero de 2010, estableció que el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo Superior de Política Fiscal (Confis), podrá sustituir una apropiación aplazada por otra, siempre que se mantenga el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo;
Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante comunicación número GPR-20106830003421 del 8 de julio de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010; y sobre la cual el Departamento Nacional de Planeación (DNP) emitió concepto favorable mediante Oficio número SIIDN-20102660002886 del 8 de julio de 2010;
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Comunicación número DVAM/DAPM 38001 del 1° de julio de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de funcionamiento e inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010; y sobre la cual el Departamento Nacional de Planeación (DNP) emitió concepto favorable mediante Oficio número SIIDN-20102660002856 del 6 de julio de 2010;
Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante Comunicación número 100202206-0454 del 30 de junio de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010; y sobre la cual el Departamento Nacional de Planeación (DNP) emitió concepto favorable mediante Oficio número DIFP20102650002916 del 12 de julio de 2010;
Que el Ministerio de Minas y Energía, mediante Comunicación número 2010030368 del 16 de junio de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de funcionamiento incluidas en el Decreto 325 de 2010;
Que el Instituto Nacional para Sordos (Insor), mediante Comunicación SGE-2010-098 del 2 de julio de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de funcionamiento incluidas en el Decreto 325 de 2010;
Que la Rama Judicial del Poder Público, mediante Comunicación DEAJ10-1102 del 2 de julio de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de funcionamiento incluidas en el Decreto 325 de 2010;
Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante Comunicación número 1400-2-86409 del 9 de julio de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010; y sobre la cual el Departamento Nacional de Planeación (DNP) emitió concepto favorable mediante Oficio número DIFP-20102650002876 del 8 de julio de 2010;
Que el Ministerio de Cultura, mediante Comunicación número MC-110350 del 28 de junio de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de funcionamiento e inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010; y sobre la cual el Departamento Nacional de Planeación (DNP) emitió concepto favorable mediante Oficio número DIFP-20102650002546 del 24 de junio de 2010;
Que la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante Comunicación número 5.4.2-3-2010-015906 del 15 de julio de 2010, informa que se estiman sobrantes de apropiación por valor de $140,1 mil millones, en el rubro 1-0-1-8 Otros Gastos Personales -Distribución Previo Concepto DGPPN, de la Sección 3706 Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), por lo que dichos recursos son susceptibles de ser aplazados;
Que la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante Comunicaciones números 5.4.1-3-2010-014370 del 23 de junio de 2010, informa que se estiman sobrantes de apropiación por valor de $192.5 mil millones de los cuales se utilizan $30 mil millones en el presente Decreto, y número 5.4.1-3-2010-015629 del 12 de julio de 2010 por valor de $18 mil millones, en el rubro 3-2-2-5 —Financiación Pensiones ISS Negocio de Pensiones artículo 138 Ley 100 de 1993, de la Sección 360111 Instituto de Seguros Sociales, por lo que dichos recursos son susceptibles de ser aplazados;
Que el Consejo Superior de Política Fiscal (Confis), en su sesión del 10 de julio de 2010, una vez verificado que se mantiene el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo, emitió concepto favorable para modificar algunas partidas por la suma de sesenta y nueve mil cuarenta y ocho millones doscientos noventa y un mil novecientos ocho pesos moneda legal ($69.048.291.908);
DECRETA:
Artículo 1°. Desaplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2010, en la suma de sesenta y nueve mil cuarenta y ocho millones doscientos noventa y un mil novecientos ocho pesos moneda legal ($69,048,291,908) ,según el siguiente detalle:
Nota: Ver Diario Oficial 47.778, pag. 2
Artículo 2°. Aplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2010, en la suma de sesenta y nueve mil cuarenta y ocho millones doscientos noventa y un mil novecientos ocho pesos moneda legal ($69,048,291,908), según el siguiente detalle:
Nota: Ver Diario Oficial 47.778, pag. 2
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de julio de 2010
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Óscar Iván Zuluaga Escobar.