DECRETO 2516 DE 2010
(julio 12)
D.O. 47.768, julio 12 de 2010
por el cual se confiere la condecoración “Orden de la Justicia”, a la Viceministra del Interior.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto número 3970 del 29 de noviembre de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 3970 del 29 de noviembre de 2004, se creó la “Orden de la Justicia”, como galardón honorífico para resaltar las virtudes y servicios de aquellos que han demostrado singular consagración a la causa de la Justicia.
Que la doctora Viviana Manrique Zuluaga, Viceministra del Interior, profesional en derecho, filosofía y relaciones internacionales; académica de la Universidad del Rosario; catedrática de la Academia Diplomática, la Escuela Superior de Guerra y la Universidad del Rosario, e investigadora de temas de seguridad ciudadana, convivencia y política exterior, en la Academia, tiene experiencia laboral en diseño de políticas públicas y conceptos jurídicos para ciencia política. Y en la Presidencia de la República, en asuntos relacionados con competitividad, productividad e integración regional, es merecedora de la condecoración “Orden de la Justicia”, en reconocimiento a su trayectoria, por su labor en beneficio de la justicia y el pueblo colombiano.
Que la doctora Manrique se ha destacado por su participación en la creación del sistema Administrativo del Interior, en el desarrollo del proceso de Consulta Previa, ha estado al frente de casos como el paro en el Chocó, la masacre de los awá, la reubicación de Belalcázar, la Comisión Indígena para los Derechos Humanos y la preparación de la agenda legislativa, entre otros, actuaciones con las que ha contribuido de manera significativa al desarrollo de la justicia en Colombia.
DECRETA:
Artículo 1°. Confiérase la condecoración “Orden de la Justicia” a la doctora Viviana Manrique Zuluaga, Viceministra del Interior de Colombia.
Artículo 2°. Esta condecoración será impuesta por el señor Ministro del Interior y de Justicia en ceremonia especial.
Artículo 3°. Transcríbase en nota de estilo y entréguese a los condecorados.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de julio de 2010.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.