DECRETO 2335 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 2335 DE 2010     

(junio 29)    

D.O. 47.757,  julio 1 de 2010    

por el  cual se prorroga el plazo de liquidación de la Fundación Ciudad de Cali en  Liquidación.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 15 del  artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 52 de la Ley 489 de 1998 y de  conformidad con el Decreto ley 254 de  2000 y la Ley 1105 de 2006, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante el Decreto 369 de 2009  se dispuso la supresión y liquidación de la Fundación Ciudad de Cali.    

Que el artículo 1° del  Decreto 369 de 2009  señaló que la liquidación de la Fundación Ciudad de Cali debería culminar a más  tardar en un plazo de un (1) año contado a partir de la publicación de ese acto  administrativo, esto es, a partir del 9 de febrero de 2009; plazo que podrá ser  prorrogado hasta por un término igual, de conformidad con el artículo 2° del Decreto 254 de 2000,  modificado por el artículo 2° de la Ley 1105 de 2006.    

Que el artículo 1° del  Decreto 434 de 2010  prorrogó el plazo de la liquidación de la Fundación Ciudad de Cali hasta el 30  de junio de 2010.    

Que mediante  comunicación radicada con número 4120-E1-74566 del 16  de junio de 2010, el Presidente de la Fiduciaria La Previsora S. A. – Fiduprevisora, en su condición de Liquidador de la  Fundación Ciudad de Cali, solicitó prórroga del proceso liquidatorio  con el fin de adelantar los procesos de enajenación de activos principalmente a  Central de Inversiones S.A., CISA; saneamiento de  títulos a través de un Convenio Interadministrativo  con el municipio de Cali y la eventual contratación de la entidad fiduciaria  que se encargue de los remanentes del proceso, actividades que aún se  encuentran pendientes.    

Que de acuerdo con lo  anterior, se hace necesario prorrogar el término para culminar el proceso de  liquidación de la Fundación Ciudad de Cali en Liquidación hasta el día 30 de  julio de 2010.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Prorrogar  el plazo establecido en el artículo 1° del Decreto 369 de 2009  para la liquidación de la Fundación Ciudad de Cali, hasta el 30 de julio de  2010.    

Artículo 2°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese  y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C.,  a 29 de junio de 2010.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del  Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

El Ministro de  Hacienda y Crédito Público,    

Óscar Iván Zuluaga Escobar.    

El Ministro de  Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,    

Carlos Costa  Posada.    

La Directora del  Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Elizabeth Rodríguez Taylor.    

               

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