DECRETO 2120 DE 2010
(junio 15)
por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscalde 2010 y se efectúa la correspondiente liquidación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República, en virtud del artículo 349 de la Constitución Política, expidió la Ley 1365 de 2009, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2010 la cual se liquidó por medio del Decreto 4996 de 2009;
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;
Que el Gobierno de la República de Colombia, a través de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional (Acción Social), recibió del Gobierno Español a través de Instituto de Crédito Oficial – Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento recursos por la suma de $77.829.405.387.00 destinados para la ejecución de proyectos de agua potable y saneamiento básico en municipios priorizados por el Gobierno Nacional y el Gobierno Español a través del Instituto de Crédito Oficial – Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento;
Que estos recursos se encuentran libres y disponibles para ser incorporados en el presupuesto de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional—Acción Social, conforme la certificación de su recaudo, expedida por la entidad el 17 de febrero de 2010 por el Asesor del Área de Gestión Financiera con Funciones de Presupuesto.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor;
Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación;
Que el citado artículo prevé que el Decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto;
Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante oficio DIFP-20102650001906 del 13 de mayo de 2010, suscrito por la Directora de Inversiones y Finanzas Públicas del DNP, emitió concepto favorable sobre la adición al presupuesto de gastos de inversión de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional—Acción Social, por la suma de setenta y siete mil ochocientos veintinueve millones cuatrocientos cinco mil trescientos ochenta y siete pesos m/cte. ($77.829.405.387);
DECRETA:
Artículo 1°. Adición al presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúase la siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2010, en la suma de setenta y siete mil ochocientos veintinueve millones cuatrocientos cinco mil trescientos ochenta y siete pesos m/cte. ($77.829.405.387), según el siguiente detalle:
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
CONCEPTOS
TOTAL
II. INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
77.829.405.387
021000 Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional—Acción Social
B. RECURSOS DE CAPITAL
77.829.405.387
Artículo 2°. Adición al presupuesto de gastos. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2010, en la suma de setenta y siete mil ochocientos veintinueve millones cuatrocientos cinco mil trescientos ochenta y siete pesos m/cte. ($77.829.405.387), según el siguiente detalle:
ADICIONES – PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
SECCIÓN 0210
Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional—Acción Social
Cta. Prog
Scta. Subp
Concepto
Aporte Nacional
Recursos Propios
Total
C. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN
77.829.405.387
77.829.405.387
540
Coordinación, administración, promoción, y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
77.829.405.387
77.829.405.387
1000
Intersubsectorial Gobierno
77.829.405.387
77.829.405.387
TOTAL SECCIÓN
77.829.405.387
77.829.405.387
Artículo 3°. Liquidación a la adición del presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúase la siguiente liquidación a la adición del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2010, en la suma de setenta y siete mil ochocientos veintinueve millones cuatrocientos cinco mil trescientos ochenta y siete pesos m/cte. ($77.829.405.387), según el siguiente detalle:
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
CONCEPTOS
TOTAL
II. INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
77.829.405.387
021000 Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional —Acción Social
B. RECURSOS DE CAPITAL
77.829.405.387
Artículo 4°. Liquidación a la adición del presupuesto de gastos. Efectúase la siguiente liquidación a la adición del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2010, en la suma de setenta y siete mil ochocientos veintinueve millones cuatrocientos cinco mil trescientos ochenta y siete pesos m/cte. ($77.829.405.387), según el siguiente detalle:
ADICIONES — PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
SECCIÓN 0210
Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional – Acción Social
Cta. Prog
Subc. Subp
Obj proy
Ord
Rec
Concepto
Aporte nacional
Recursos propios
Total
TOTAL
77.829.405.387
77.829.405.387
C. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN
77.829.405.387
77.829.405.387
540
Coordinación, administración, promoción, y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
77.829.405.387
77.829.405.387
540
1000
Intersubsectorial Gobierno
77.829.405.387
77.829.405.387
TOTAL SECCIÓN
77.829.405.387
77.829.405.387
Artículo 5°. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto.
Artículo 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a los 15 de junio de 2010.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Óscar Iván Zuluaga Escobar.
DETALLE DE LA COMPOSICIÓN DEL PRESUPUESTO DE RENTAS
CONCEPTO
TOTAL
II. Ingresos de los Establecimientos Públicos
77.829.405.387
B. Recursos de Capital
77.829.405.387
2.3. Otros Recursos de Capital
77.829.405.387
Numeral 3260 Donaciones
77.829.405.387
Total Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital
77.829.405.387
ADICIONES — PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
Sección 0210
Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional — Acción Social
Cta. Prog
Subc. Subp
Obj. Proy
Ord Sproy
Rec
Concepto
Aporte Nacional
Recursos Propios
Total
TOTAL
77.829.405.387
77.829.405.387
C. Presupuesto de inversión
77.829.405.387
77.829.405.387
540
Coordinación, administración, promoción, y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
77.829.405.387
77.829.405.387
540
1000
Intersubsectorial Gobierno
77.829.405.387
77.829.405.387
540
1000
8
Administración de recursos de cooperación técnica y/o financiera no reembolsable: (distribución previo concepto DNP
540
1000
8
0001
Administración de recursos de cooperación técnica y/o financiera no reembolsable de acción social a nivel nacional.
77.829.405.387
77.829.405.387
25
Donaciones
77.829.405.387
77.829.405.387