DECRETO 1738 DE 2010
(mayo 19)
D.O. 47.714, mayo 19 de 2010
por el cual se hace un nombramiento en virtud del artículo 178 numeral 3 del Decreto 960 de 1970 (Estatuto Notarial) y se designa un Notario en propiedad en el Círculo de Medellín.
Nota: Ver Decreto 4262 de 2010.
El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia, Delegatario de Funciones Presidenciales Mediante Decreto número 1637 de 2010, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 3° de la Ley 588 de 2000 y el artículo 5° del Decreto 2163 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 131 de la Constitución Política dispone que el cargo de notario en propiedad debe proveerse por concurso.
Que mediante Acuerdo 01 de 15 de noviembre de 2006, el Consejo Superior convocó a Concurso Público y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad y el ingreso a la Carrera Notarial, para proveer el cargo de notario en diferentes círculos notariales del territorio nacional.
Que la Sala Plena de la honorable Corte Constitucional, en Sentencia SU–913 de 11 de diciembre de 2009, entre otras cosas, dispuso proveer los cargos de notario creados de manera concomitante o con posterioridad a la convocatoria efectuada por el Acuerdo 01 de 2006, que se encuentren vacantes o en interinidad o en encargo, con las listas de elegibles actualmente vigentes.
Que mediante Decreto 5050 de 29 de diciembre de 2009, se retiró del servicio como Notaria Séptima del Círculo de Medellín, por llegar a la edad de retiro forzoso a la doctora Lucía del Socorro Mejía Zuluaga, produciéndose la vacante absoluta de dicho cargo.
Que el doctor Óscar Antonio Álvarez Gómez, se inscribió debidamente al concurso público y abierto para la provisión de los cargos de notario e ingresó a la carrera notarial y superó todas las etapas del mismo, quedando incluido en la respectiva lista de elegibles.
Que el doctor Óscar Antonio Álvarez Gómez, fue designado Notario Treinta y Uno del Círculo de Medellín mediante Decreto 5039 de 29 de diciembre de 2009, y con base en el derecho de preferencia del artículo 178 numeral 3° del Decreto 960 de 1970 (Estatuto Notarial) solicitó el 12 de enero de 2010, primero que todos los demás notarios del mismo Círculo, su designación como Notario Séptimo, teniendo en cuenta que dicho despacho se encuentra vacante por el retiro de su titular por haber llegado a la edad de retiro forzoso.
Que en sesión del veinticuatro (24) de marzo del año dos mil diez (2010) del Consejo Superior, entre otros asuntos, trató el tema relacionado con el derecho de preferencia consagrado por el artículo 178–3 del Estatuto Notarial, y consideró que quien se inscribiera al concurso público y abierto para la provisión de los cargos de notarios y superara todas las etapas, queda incorporado a la carrera notarial con sus derechos y obligaciones, de acuerdo con la Sentencia de la Corte Constitucional C–153 de 1999 en cuanto a la inexequibilidad parcial de los artículos 168 y 169 del Estatuto Notarial, sin requerir de un acto administrativo del Consejo Superior que así lo declare.
Ocurrida una vacante absoluta, un notario haciendo valer sus derechos de carrera (artículo 168 del Decreto 960 de 1970), puede solicitar ser designado en otra notaría de acuerdo con lo previsto por el artículo 178 numeral 3° que establece:
Que el artículo 178 numeral 3 del Decreto 960 de 1970, a la letra dice:
“…
Artículo 178. –El pertenecer a la carrera notarial implica:
…
3) Preferencia para ocupar, a solicitud propia y dentro de la misma circunscripción político–administrativa, otra notaría de la misma categoría que se encuentre vacante.
…”
Que el doctor William de Jesús Zapata Duque, identificado con la cédula de ciudadanía número 8302650, quien obtuvo un puntaje total de 76,05 siguiente en la lista de elegibles debe ser designado Notario en el Círculo Notarial de Medellín, al presentarse la vacante en un despacho notarial.
Que la designación de los Notarios de Primera Categoría es competencia del Gobierno Nacional.
Que corresponde al Consejo Superior administrar la carrera notarial y los concursos (artículo 164 Decreto ley 960 de 1970).
Que con fundamento en lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Nómbrese al doctor Óscar Antonio Álvarez Gómez, identificado con la cédula de ciudadanía número 15421631, quien había sido designado Notario Treinta y Uno del Círculo de Medellín, como Notario Séptimo del mismo Círculo notarial, en propiedad por haberlo solicitado en su calidad de notario, en ejercicio del derecho de preferencia.
Artículo 2°. Nómbrese al doctor William de Jesús Zapata Duque identificado con la cédula de ciudadanía número 8302650, como Treinta y Uno del Círculo de Medellín, en propiedad.
Artículo 3°. El designado deberá acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro la documentación de ley.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de mayo de 2010
FABIO VALENCIA COSSIO
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.