DECRETO 1729 DE 2010
(mayo 19)
D.O. 47.714, mayo 19 de 2010
por el cual se dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones presidenciales.
El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia, Delegatario de Funciones Presidenciales en virtud del Decreto 1637 del 11 de mayo de 2010, como jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 2 y 4 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el próximo 30 de mayo del año en curso se llevará a cabo el proceso electoral en primera vuelta para Presidente y Vicepresidente de la República y el 20 de junio segunda vuelta, si fuere necesario.
Que con el fin de garantizar un proceso electoral transparente, asegurar la pureza del voto y hacer todo lo necesario para que este transcurra en orden y en paz, se hace necesario adoptar las medidas pertinentes, las cuales deberán incluir controles migratorios en los puestos terrestres y fluviales fronterizos.
DECRETA:
Artículo 1°. Cierre de pasos terrestres y fluviales fronterizos. Ordénase el cierre de los pasos terrestres y fluviales autorizados de frontera, durante el lapso comprendido entre las 4:00 a. m. y las 4:00 p. m., del 30 de mayo primera vuelta y el 20 de junio de 2010 segunda vuelta, si fuere necesario.
Parágrafo. La medida debe incluir controles migratorios. Se exceptúan de la restricción, los tránsitos que deban realizarse por razones de caso fortuito o fuerza mayor.
Artículo 2°. Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase
Dado en Bogotá D. C., a 19 de mayo de 2010.
FABIO VALENCIA COSSIO
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.
La Ministra de Relaciones Exteriores (e),
Clemencia Forero Ucrós.
El Director del Departamento Administrativo de Seguridad,
Felipe Muñoz Gómez.