DECRETO 1721 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 1721 DE 2010     

(mayo 19)    

D.O. 47.714, mayo 19 de 2010    

por el cual se  acepta la renuncia de una Notaria, se hace un nombramiento en virtud del  artículo 178 numeral 3 del  Decreto 960 de 1970  (Estatuto Notarial) y se designa un notario en propiedad en el Círculo Notarial  de Bogotá.    

Nota: Ver Decreto 2081 de 2010.    

El Ministro del Interior y de Justicia de la  República de Colombia, Delegatario de Funciones Presidenciales mediante Decreto número  1637 de 2010, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las  conferidas en el artículo 3° de la Ley 588 de 2000 y el  artículo 5° del Decreto 2163 de 1970,  y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 131 de la Constitución Política  dispone que el cargo de notario en propiedad debe  proveerse por concurso;    

Que mediante Acuerdo 01 de 15 de noviembre de  2006, el Consejo Superior convocó a Concurso Público y Abierto para el  Nombramiento de Notarios en Propiedad y el ingreso a la Carrera Notarial, para  proveer en propiedad el cargo de Notario en diferentes círculos notariales del  territorio nacional;    

Que la Sala Plena de la honorable Corte  Constitucional, en Sentencia SU-913  de 11 de diciembre de 2009, entre otras cosas, dispuso proveer los cargos  de notario creados de manera concomitante o con posterioridad a la convocatoria  efectuada por el Acuerdo 01 de 2006, que se encuentren vacantes o en  interinidad o en encargo, con las listas de elegibles actualmente vigentes;    

Que en el numeral décimo segundo del Decreto  5041 de 29 de diciembre de 2009, se modificó el artículo 1° del Decreto  1468 de 28 de abril de 2009, por medio del cual se nombró a la doctora  Blanca Lucía Vallejo Restrepo, identificada con la cédula de ciudadanía número 38971150,  como Notaria del Círculo de Bogotá, en el sentido de precisar que la notaría  que por puntaje y por orden de preferencia le corresponde es la setenta y uno  (71) y no la Treinta y dos (32);    

Que mediante escrito de marzo 5 de 2010,  dirigido al señor Presidente de la República, la doctora Blanca Lucía Vallejo  Restrepo, informa que renuncia al cargo de Notaria 71 del Círculo de Bogotá,  para el cual fue nombrada por medio del Decreto  5041 de diciembre 29 de 2009, razón por la cual se abstendrá de tomar  posesión del mismo. Que de conformidad con el artículo 144 del Decreto 960 de 1970,  “El cargo se pierde:    

1. Por aceptación de la renuncia”.    

Que en sesión del veinticuatro (24) de marzo  del año dos mil diez (2010) del Consejo Superior, entre otros asuntos, trató el  tema relacionado con el derecho de preferencia consagrado por el artículo 178-3  del Estatuto Notarial y consideró que quien se inscribiera al concurso público  y abierto para la provisión de los cargos de notarios y superara todas las  etapas, queda incorporado a la carrera notarial con sus derechos y  obligaciones, de acuerdo con la Sentencia de la Corte Constitucional C-153 de 1999 en  cuanto a la inexequibilidad parcial de los artículos  168 y 169 del Estatuto Notarial, sin requerir de un acto administrativo del  Consejo Superior que así lo declare;    

Ocurrida una vacante absoluta, un notario  haciendo valer sus derechos de carrera (artículo 168 del Decreto 960 de 1970),  puede solicitar ser designado en otra notaría de acuerdo con lo previsto por el  artículo 178 numeral 3 que establece:    

“…    

Artículo 178. El pertenecer a la  carrera notarial implica:    

…    

3. Preferencia para ocupar, a solicitud propia y dentro de la  misma circunscripción político-administrativa, otra notaría de la misma categoría  que se encuentre vacante….”. Que la doctora Carla Patricia Ospina Ramírez, se  inscribió debidamente al concurso público y abierto para la provisión de los  cargos de notario e ingresó a la carrera notarial y superó todas las etapas del  mismo, quedando incluida en la respectiva lista de elegibles.    

Que en el numeral décimo octavo del Decreto  5041 de 29 de diciembre de 2009, se modificó el artículo 1° del Decreto  037 de 13 de enero de 2009, por medio del cual se nombró a la doctora Carla  Patricia Ospina Ramírez, identificada con la cédula de ciudadanía número  32703706, como Notaria del Círculo de Bogotá, en el sentido de precisar que la  notaría que por puntaje y por orden de preferencia le corresponde es la Sesenta  y Seis (66) y no la Octava (8);    

Que la doctora Carla Patricia Ospina Ramírez con base en  el derecho de preferencia del artículo 178 numeral 3 del Decreto 960 de 1970  (Estatuto Notarial) solicitó, primero que todos los demás Notarios del mismo  Círculo el 13 de enero de 2010, su designación en otra Notaría en el evento de  presentarse la no aceptación por parte de alguno de los concursantes que han  sido designados de la lista de elegibles o en el futuro se presente una  vacante;    

Que el doctor Luis Armando Tolosa Villabona,  identificado con la cédula de ciudadanía número 19337189, quien obtuvo un  puntaje total de 80,0666667, siguiente en la lista de elegibles debe ser designado  Notario dentro del Círculo Notarial de Bogotá, al presentarse la vacante en un  despacho notarial;    

Que la designación de los Notarios de Primera Categoría es  competencia del Gobierno Nacional;    

Que corresponde al Consejo Superior administrar la carrera  notarial y los concursos (Artículo 164 Decreto ley 960 de  1970);    

Que con fundamento en lo anteriormente expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Acéptese la renuncia presentada por la  doctora Blanca Lucía Vallejo Restrepo, identificada con la cédula de ciudadanía  número 38971150, del cargo de Notaria Setenta y Uno (71) del Círculo de Bogotá,  de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.    

Artículo 2°. Nómbrese a la doctora Carla Patricia Ospina  Ramírez, identificada con la cédula de ciudadanía número 32703706, quien había  sido designada Notaria Sesenta y Seis (66) del Círculo de Bogotá, en propiedad,  como Notaria Setenta y Uno (71) del mismo Círculo Notarial, en propiedad, por  haberlo solicitado en ejercicio del derecho de preferencia en su calidad de  notaria, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva. Artículo 3°. Nómbrese  al doctor Luis Armando Tolosa Villabona, identificado  con la cédula de ciudadanía número 19337189, como Notario Sesenta y Seis (66)  del Círculo notarial de Bogotá, en propiedad.    

Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de mayo de 2010.    

FABIO VALENCIA COSSIO    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

               

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