DECRETO 1555 DE 2010
(mayo 5)
D.O. 47.701, Mayo 6 de 2010
por el cual cesan los efectos el Decreto número 1060 del 8 de abril de 2010.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 304 de la Constitución Política de Colombia, 66 de la Ley 4ª de 1913, y 172 de la Ley 734 de 2002.
CONSIDERANDO:
Que mediante Auto del 25 de marzo de 2010, proferido por la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa, fue ordenada la suspensión provisional del señor Óscar Raúl Iván Flórez Chávez, identificado con la cédula de ciudadanía número 19300804, en su condición de Gobernador del departamento del Casanare para el periodo constitucional 2008 – 2011, por el término de tres (3) meses, sin derecho a remuneración, decisión tomada dentro del expediente radicado bajo el IUS-2008-277390 IUC D – 2008-788-73542;
Que mediante el Decreto 1060 del 8 de abril de 2010, el Gobierno Nacional dio cumplimiento a la suspensión provisional referida en el párrafo anterior, encargando provisionalmente de las funciones del Despacho de Gobernador del Departamento del Casanare, a la Doctora Julieta Gómez de Cortés, identificada con la cédula de ciudadanía número 24601797 expedida en Circasia, Quindío;
Que Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, mediante decisión de fecha 28 de abril de 2010, resolvió declarar la nulidad de parte de lo actuado, y por lo tanto revocó la medida cautelar de Suspensión Provisional por el término de tres (3) meses, ordenada por la Procuradora Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa, mediante Auto de fecha 25 de marzo de 2010, en contra del Ingeniero Óscar Iván Raúl Flórez Chávez, del cargo de Gobernador del departamento del Casanare;
Que en atención a lo expuesto, se hace necesario cesar los efectos el Decreto número 1060 del 8 de abril de 2010,
DECRETA:
Artículo 1°. Cesar los efectos del Decreto número 1060 del 8 de abril de 2010, mediante el cual se ordenó la suspensión provisional del señor Óscar Raúl Iván Flórez Chávez, identificado con la cédula de ciudadanía número 19300804, en su condición de Gobernador del departamento del Casanare para el periodo constitucional 2008 – 2011, por el término de tres (3) meses, sin derecho a remuneración; y se encargó provisionalmente de las funciones del Despacho de Gobernador del departamento del Casanare, a la doctora Julieta Gómez de Cortés, identificada con la cédula de ciudadanía número 24601797 expedida en Circasia, Quindío, en cumplimiento de lo decidido por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, mediante decisión de fecha 28 de abril de 2010. Artículo 2°. Comunicar el contenido del presente decreto al señor Óscar Raúl Iván Flórez Chávez, Gobernador titular del Departamento del Casanare, a la doctora Julieta Gómez de Cortés, Gobernadora (e) del Departamento del Casanare, a la División de Registro y Control de la Procuraduría General de la Nación, a la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa, y a la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y contra él no procede recurso alguno, de conformidad con el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 5 de mayo de 2010.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.