DECRETO 1383 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 1383 DE 2010     

(abril 26)    

D.O. 47.692, abril 26 de 2010    

por el cual se fija la  asignación básica mensual de los empleados públicos del Instituto de Seguros  Sociales.    

Nota:  Derogado por el Decreto 1032 de 2011,  artículo 19.    

El Presidente de la República de  Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1°. A partir del 1° de enero de 2010, la  asignación básica mensual correspondiente a los empleos públicos del Instituto de  Seguros Sociales a 31 de diciembre de 2009 será incrementada en el dos por  ciento (2%)    

Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente  artículo resultaren centavos, se ajustarán al peso siguiente.    

Parágrafo. Efectuado el reajuste salarial ordenado en el  presente artículo, el Presidente del Instituto de Seguros Sociales enviará al  Departamento Administrativo de la Función Pública copia actualizada de la  escala salarial aplicable a los empleados públicos de ese Instituto para el año  de 2010.    

Artículo 2°. Ninguna autoridad podrá establecer o  modificar el régimen salarial estatuido por las normas del presente decreto, en  concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4ª de 1992.  Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos  adquiridos.    

Artículo 3°. Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de  un empleo público ni recibir más de una asignación proveniente del Tesoro  Público o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el  Estado. Exceptúanse las asignaciones de que trata el artículo 19 de la Ley 4ª de 1992.    

Artículo 4°. El Departamento Administrativo de la Función  Pública es el órgano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional. Ningún otro órgano puede arrogarse esta  competencia,    

Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su publicación, deroga el Decreto 718 de 2009  y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2010.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de abril de 2010.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Óscar Iván Zuluaga  Escobar.    

El Ministro de la Protección Social,    

Diego Palacio Betancourt.    

La Directora del Departamento Administrativo de la Función  Pública,    

Elizabeth Rodríguez Taylor.    

               

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