DECRETO 1254 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 1254 DE 2010     

(abril 19)    

D.O. 47.685, abril 19 de 2010    

por el  cual se modifica el detalle del aplazamiento contenido en el Decreto  325 del 3 de febrero de 2010.    

Nota: Aclarado por  el Decreto 1849 de 2010.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los  artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y    

CONSIDERANDO:    

Que de conformidad con los artículos 76 y 77 del Estatuto  Orgánico del Presupuesto, en cualquier mes del año fiscal, el Gobierno  Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o aplazar  total o parcialmente, las apropiaciones presupuestales, entre otros cuando la  coherencia macroeconómica así lo exija o cuando el Ministerio de Hacienda y  Crédito Público estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al  total de gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a tales  recursos. En tales casos el Gobierno podrá prohibir o someter a condiciones  especiales la asunción de nuevos compromisos y obligaciones;    

Que el Gobierno Nacional previo concepto del Consejo de  Ministros, expidió el Decreto 325 de 2010  mediante el cual se aplazaron algunas apropiaciones del Presupuesto General de  la Nación por la suma de $5.822,2 mil millones;    

Que el Consejo de Ministros, el 21 de enero de 2010  facultó al Consejo Superior de Política Fiscal – CONFIS,  para emitir el concepto previo de que trata el artículo 76 del Estatuto  Orgánico del Presupuesto, en el evento en que nuevas circunstancias permitan  modificar o levantar el aplazamiento total o parcialmente;    

Que el artículo 5° del Decreto  325 del 3 de febrero de 2010, estableció que el Gobierno Nacional, previo  concepto del Consejo Superior de Política Fiscal –CONFIS,  podrá sustituir una apropiación aplazada por otra, siempre que se mantenga el  monto aplazado y el impacto fiscal del mismo;    

Que la Agencia Presidencial para la Acción Social y la  Cooperación Internacional –Acción Social, mediante comunicación número  20104041445221 del 25 de febrero de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de  algunas partidas del presupuesto de gastos de inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010;  y sobre la cual el Departamento Nacional de Planeación –DNP emitió concepto  favorable mediante oficio número DIFP-21-20102650000456  del 15 de febrero de 2010;    

Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante  comunicación número SF-20106800123431 del 26 de  febrero de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del  presupuesto de gastos de inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010;  y sobre la cual el propio Departamento Nacional de Planeación –DNP emitió  concepto favorable mediante oficio número SIIDN-20102660000606  del 26 de febrero de 2010;    

Que el Departamento Administrativo de Seguridad -DAS,  mediante comunicación número DIR-212988 del 8 de marzo de 2010, solicitó  modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de  inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010;  y sobre la cual el Departamento Nacional de Planeación –DNP emitió concepto  favorable mediante oficio número SIIDN-20102660001036  del 26 de marzo de 2010;    

Que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN,  mediante comunicación número 1-00-202- 206-0230 del 11 de marzo de 2010,  solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de  gastos de inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010;  y sobre la cual el Departamento Nacional de Planeación –DNP emitió concepto  favorable mediante oficio número DIFP-15-  20102650001016 del 26 de marzo de 2010;    

Que el Ministerio de Defensa Nacional, mediante  comunicación número 20362 del 3 de marzo de 2010, solicitó modificar el  aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de funcionamiento  incluidas en el Decreto 325 de 2010;    

Que el Ministerio de Educación  Nacional, mediante comunicación número 2010EE14285O1 del  1° de marzo de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de inversión incluidas  en el Decreto 325 de 2010;  y sobre la cual el Departamento Nacional de Planeación -DNP emitió concepto  favorable mediante oficio número DIFP-24-20102650000516  del 23 de febrero de 2010;    

Que el Instituto  Nacional de Vías –Invías, mediante comunicación número  11207 del 23 de marzo de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas  partidas del presupuesto de gastos de inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010;  y sobre la cual el Departamento Nacional de Planeación –DNP emitió concepto  favorable mediante oficio número DIFP- 20102660000996  del 24 de marzo de 2010;    

Que la Defensoría del  Pueblo, mediante comunicación número 0058 del 23 de febrero de 2010, solicitó  modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de  funcionamiento incluidas en el Decreto 325 de 2010;    

Que la Rama Judicial,  mediante comunicación número DEAJ10-444 del 26 de  marzo de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del  presupuesto de gastos de inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010;    

Que el Instituto  Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, mediante comunicación número  070-2010- OPL del 16 de febrero de 2010, solicitó  modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de  inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010;  y sobre la cual el Departamento Nacional de Planeación –DNP emitió concepto  favorable mediante oficio número DIFP-16-20102650000546  del 23 de febrero de 2010; Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo  Territorial, mediante comunicación número 1400-2- 38936 del 26 de marzo de 2010,  solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de  gastos de inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010;  y sobre la cual el Departamento Nacional de Planeación –DNP emitió concepto  favorable mediante oficio número DIFP-14-20102650001086  del 26 de marzo de 2010;    

Que la Auditoría  General de la República, mediante comunicación número 2010-231- 000951-1 del 25  de febrero de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del  presupuesto de gastos de inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010;  y sobre la cual el Departamento Nacional de Planeación –DNP emitió concepto  favorable mediante oficio número SIIDN-20102660000846  del 24 de marzo de 2010;    

Que la Dirección  General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito  Público, mediante comunicación número 3-2010-007595 del 26 de marzo de 2010,  informa que se estiman sobrantes de apropiación por valor de $100 mil millones  en el rubro 3-2-25 – Financiación Pensiones ISS  Negocio de Pensiones artículo 138 Ley 100 de 1993, por  lo que dichos recursos son susceptibles de ser aplazados;    

Que el Consejo  Superior de Política Fiscal –CONFIS, en su sesión del  26 de marzo de 2010, una vez verificado que se mantiene el monto aplazado y el  impacto fiscal del mismo, emitió concepto favorable para modificar algunas  partidas por la suma de ciento ochenta y un mil ciento sesenta y dos millones  quinientos noventa y tres mil seiscientos pesos moneda legal  ($181.162.593.600);    

DECRETA:    

Artículo 1°. Desplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia  fiscal de 2010, en la suma de ciento ochenta y un mil ciento sesenta y dos  millones quinientos noventa y tres mil seiscientos pesos moneda legal  ($181.162.593.600), según el siguiente detalle: Desplazamiento – Presupuesto  General de la Nación.    

Nota: Ver Diario  Oficial 47.685, pag. 37    

Artículo 2º. Ver aclaración  del Decreto 1849 de 2010,  artículo 3º. Aplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de  2010, en la suma de ciento ochenta y un mil ciento sesenta y dos millones  quinientos noventa y tres mil seiscientos pesos moneda legal  ($181.162.593.600); según el siguiente detalle:    

Nota: Ver Diario  Oficial 47.685, pag. 39    

Artículo 3°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de  abril de 2010.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Óscar Iván Zuluaga  Escobar.    

               

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