DECRETO 1176 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 1176 DE 2010    

(abril 14)    

D.O. 47.681, abril 15 de 2010    

por el cual se  modifica parcialmente el Decreto 1143 de 2009  modificado por el Decreto 1729 de 2009.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las  conferidas por los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y  en el artículo 48 de la Ley 546 de 1999.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modifícanse  los literales a) y b) del numeral 1 del artículo 2° del Decreto 1143 de 2009  modificado por el Decreto 1729 de 2009,  los cuales quedarán así:    

“a) Créditos que no hayan sido desembolsados a  la fecha de publicación del presente decreto, pero que se desembolsen antes del  31 de diciembre de 2011 o hasta el agotamiento del número de cupos establecidos  por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y que cumplan las demás  condiciones previstas en este artículo.    

b) Créditos aprobados con posterioridad a la  fecha de publicación del presente decreto, que se desembolsen antes del 31 de  diciembre de 2011 o hasta el agotamiento del número de cupos establecidos por  el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y que cumplan las demás condiciones  contempladas en este artículo”.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación y modifica el Decreto 1143 de 2009  modificado por el Decreto 1729 de 2009.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 14 de abril de 2010.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Óscar Iván Zuluaga Escobar.    

El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo  Territorial,    

Carlos Costa  Posada.    

               

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