DECRETO 1046 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 1046 DE 2010     

(abril 5)    

D.O. 47.672,  abril 6 de 2010    

por el cual se  designa Ministro de Hacienda y Crédito Público ad hoc.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales, en especial las conferidas en el numeral 1, del artículo 189 de la  Constitución Política y la Ley 63 de 1923, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Consejo de  Ministros en sesión del 15 de marzo de 2010, con fundamento en el principio de  verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el artículo 8° de la Ley 63 de 1923, aceptó  el impedimento manifestado por el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público,  doctor Óscar Iván Zuluaga Escobar, para conocer y  decidir todos los asuntos que deba atender en ejercicio de sus funciones, en el  caso concreto para resolver el recurso de apelación dentro del Expediente  Disciplinario número 975 que adelanta el Ministerio de Hacienda y Crédito  Público.    

Que el artículo 8° de la Ley 63 de 1923 dispone  que en caso de que el Ministro recusado o cuyo impedimento fuese aceptado,  hubiere de separarse del conocimiento del negocio será el Presidente de la  República quien adscriba la decisión del asunto a otro cualquiera de los  ministros del despacho.    

Que el Consejo de Ministros en sesión del 15  de marzo de 2010, con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe  guardada consagrado en el artículo 8° de la Ley 63 de 1923,  determinó nombrar como Ministro de Hacienda y Crédito Público ad hoc al doctor Fabio Valencia Cossio.    

DECRETA:    

Artículo 1o.  Nómbrase como Ministro de Hacienda y Crédito Público  ad hoc al doctor Fabio Valencia Cossio,  Ministro del Interior y de Justicia, para que conozca, decida y resuelva el  recurso de apelación dentro del Expediente Disciplinario número 975 que  adelanta el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.    

Artículo 2o.  El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Comuníquese, publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 5 de abril de 2010.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

               

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