DECRETO 934 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO  934 DE 2008    

(marzo 31)    

por medio del cual se promulga la “Enmienda del Protocolo de Montreal  Relativo a las sustancias que agotan la capa de Ozono”, adoptada en Beijing,  China el tres (3) de diciembre de 1999.    

El Presidente de la  República de Colombia, en uso de las facultades que le otorga el artículo 189 numeral 2 de la Constitución  Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7ª de 1944, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Ley 7ª  del 30 de noviembre de 1944, en su artículo 1° dispone que los Tratados,  Convenios, Convenciones, Acuerdos, Arreglos u otros actos internacionales  aprobados por el Congreso, no se considerarán vigentes como leyes internas,  mientras no hayan sido perfeccionados por el Gobierno en su carácter de tales,  mediante el canje de ratificaciones o el depósito de los instrumentos de  ratificación, u otra formalidad equivalente;    

Que la misma ley en su  artículo 2° ordena la promulgación de los tratados y convenios internacionales  una vez sea perfeccionado el vínculo internacional que ligue a Colombia;    

Que el Congreso  Nacional, mediante la Ley 960  del 28 de junio de 2005, publicada en el Diario Oficial número  45.954 del 29 de junio de 2005, aprobó la “Enmienda del Protocolo de  Montreal Relativo a las sustancias que agotan la capa de Ozono”, adoptada  en Beijing, China el tres (3) de diciembre de 1999;    

Que la Corte Constitucional, en Sentencia  C-240 del 29 de marzo de 2006 declaró exequible la Ley 960  del 28 de junio de 2005 y la “Enmienda del Protocolo de Montreal  Relativo a las sustancias que agotan la capa de Ozono” adoptada en Beijing,  China el tres (3) de diciembre de 1999;    

Que el 15 de  septiembre de 2006, Colombia depositó ante la Secretaria General de las  Naciones Unidas el Instrumento de Adhesión de la “Enmienda del Protocolo de  Montreal Relativo a las sustancias que agotan la capa de Ozono” adoptada en  Beijing, China el tres (3) de diciembre de 1999;    

En consecuencia, el  citado instrumento internacional entró en vigor para Colombia el 13 de  diciembre de 2006, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3.3;    

DECRETA:    

Artículo 1°.  Promúlgase la “Enmienda del Protocolo de Montreal Relativo a las sus­tancias  que agotan la capa de Ozono” adoptada en Beijing, China el tres (3) de  diciembre de 1999.    

Para ser transcrito en  este lugar, se adjunta fotocopia del texto de la “Enmienda del Protocolo de  Montreal Relativo a las sustancias que agotan la capa de Ozono” adoptada en  Beijing, China el tres (3) de diciembre de 1999.    

Artículo 2°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C.,  a 31 de marzo de 2008.    

ÁLVARO URIBE  VÉLEZ    

El Ministro de  Relaciones Exteriores,    

Fernando Araújo  Perdomo.    

               

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