DECRETO 931 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 931 DE 2009    

(marzo 18)    

por el cual se modifica  el artículo 6° del Decreto  4828 del 24 de diciembre de 2008.    

Nota: Derogado por el Decreto 734 de 2012,  artículo 9.2.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales y en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y  en desarrollo de la Ley 1150 de 2007,    

DECRETA:    

Artículo 1°.  Modifíquese el artículo 6° del Decreto 4828 de 2008,  el cual quedará así: Artículo 6°. Cláusula de Indemnidad.    

Las entidades  estatales deberán incluir en sus contratos una cláusula de indemnidad, conforme  a la cual se pacte la obligación del contratista de mantenerla libre de  cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se  deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes,  salvo que justifiquen en los estudios y documentos previos, que atendiendo el  objeto y las obligaciones contenidas en cada contrato y las circunstancias en  que este deberá ejecutarse, no se requiere la inclusión de dicha cláusula.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C.,  a 18 de marzo de 2009.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del  Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

El Ministro de  Hacienda y Crédito Público,    

Oscar Iván Zuluaga Escobar.    

La Directora del  Departamento Nacional de Planeación,    

Carolina Rentería  Rodríguez.    

               

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