DECRETO 090 DE 2008
(enero 17)
por medio del cual se designa un Superintendente Financiero ad hoc.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial de las previstas en el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio radicado bajo el número 200706873-000-000 del 21 de diciembre de 2007, el Superintendente Financiero, doctor César Prado Villegas, manifestó al señor Ministro de Hacienda y Crédito Público que de conformidad con lo previsto en el numeral 1 del artículo 150 del Código Contencioso Administrativo, se considera impedido para resolver el recurso de apelación interpuesto por el doctor Juan Carlos De Yeregui Guillen contra la Resolución 01443 del 23 de agosto de 2006, por medio de la cual se sancionó a Leasing Citibank S. A. Compañía de Financiamiento Comercial;
Que como fundamento del impedimento, el Superintendente Financiero aduce que se encuentra incurso en la causal prevista en el numeral 1 del artículo 150 del Código de Procedimiento Civil, que dispone: “Tener el juez, su cónyuge o alguno de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil interés directo o indirecto en el proceso”;
Que para sustentar la causal arriba mencionada, el señor Superintendente Financiero pone de presente los siguientes hechos y anexa los documentos correspondientes: I. De acuerdo con el Certificado Especial número 30PO01214033 expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá el 14 de diciembre de 2007, fue miembro principal de la Junta Directiva de Leasing Citibank S. A. Compañía de Financiamiento Comercial, entre el 31 de marzo de 2003 y el 30 de junio de 2004. II. La Superintendencia Bancaria de Colombia (hoy Superintendencia Financiera de Colombia) realizó entre el 21 de septiembre y el 12 de noviembre de 2004 una visita a Leasing Citibank S. A. Compañía de Financiamiento Comercial, para verificar la información contable registrada en los estados financieros con corte al 31 de agosto de ese mismo año. Las conclusiones quedaron consignadas en el Informe de Inspección DEL3-DS(B)-33-12/2004. III. Mediante Oficio número 2004051218-2 del 28 de febrero de 2005 la Superintendencia Bancaria de Colombia (hoy Superintendencia Financiera de Colombia) dio traslado a Leasing Citibank S. A. Compañía de Financiamiento Comercial del mencionado informe de visita, con el fin de que rindieran las explicaciones institucionales pertinentes. IV. Posteriormente, y con base en los hallazgos y el acervo probatorio que reposa en el expediente, mediante la Resolución 01443 del 23 de agosto de 2006 la Delegatura para Intermediarios Financieros de la Superintendencia Financiera sancionó a Leasing Citibank S. A. Compañía de Financiamiento Comercial, por fallas en la contabilización de contratos de leasing celebrados entre los años 2000 y 2004. V. Mediante escrito radicado el 18 de septiembre de 2006 el doctor Juan Carlos De Yeregui Guillen interpuso recurso de apelación contra la Resolución 01443 del 23 de agosto de 2006, por medio de la cual se sancionó a Leasing Citibank S. A. Compañía de Financiamiento Comercial;
Que corresponde al Superintendente Financiero resolver el recurso de apelación interpuesto por el doctor Juan Carlos De Yeregui Guillen en representación de Leasing Citibank S. A. Compañía de Financiamiento Comercial;
Que el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público estudió la manifestación de impedimento formulada por el Superintendente Financiero, doctor César Prado Villegas y como consecuencia de la aplicación del artículo 30 del Código Contencioso Administrativo expidió la Resolución número 0028 de enero 9 de 2008;
Que la mencionada Resolución número 0028 de enero 9 de 2008, expedida por el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público en su parte resolutiva señaló: “Artículo 1°. Declarar fundado el impedimento presentado el pasado 21 de diciembre por el Superintendente Financiero, doctor César Prado Villegas, para resolver el recurso de apelación interpuesto por el doctor Juan Carlos De Yeregui Guillen en representación de Leasing Citibank S. A. Compañía de Financiamiento Comercial contra la Resolución 01443 del 23 de agosto de 2006, por medio de la cual se sancionó a la mencionada entidad financiera, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°. Ordenar el envío de los documentos al señor Presidente de la República para que se sirva designar el funcionario ad hoc”;
Que se hace necesario designar un Superintendente Financiero ad hoc, con el propósito de que resuelva el recurso de apelación interpuesto por el doctor Juan Carlos De Yeregui Guillen en representación de Leasing Citibank S. A. Compañía de Financiamiento Comercial contra la Resolución 01443 del 23 de agosto de 2006, por medio de la cual se sancionó a la mencionada entidad financiera,
DECRETA:
Artículo 1°. Desígnase como Superintendente Financiero ad hoc, al doctor Juan Pablo Zárate Perdomo, identificado con cédula de ciudadanía número 74281150 expedida en Guateque, actual Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para resolver el recurso de apelación interpuesto el doctor Juan Carlos De Yeregui Guillen en representación de Leasing Citibank S. A. Compañía de Financiamiento Comercial contra la Resolución 01443 del 23 de agosto de 2006, por medio de la cual se sancionó a la mencionada entidad financiera.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de enero de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.