DECRETO 890 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 890 DE 2009    

(marzo 16)    

por el cual se  efectúa el nombramiento de un notario en cumplimiento de una orden judicial.    

El Ministro del Interior y de Justicia de la  República de Colombia, Delegatario de funciones presidenciales en virtud del Decreto  número 783 del 11 de marzo de 2009, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales que le confiere el artículo 5° del Decreto 2163 de 1970,  y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante fallo de tutela proferido el 11  de febrero de 2009 por el Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca  –Sala Jurisdiccional Disciplinaria–, Proceso número 200900179 00, se ordenó:    

“Primero. Tutelar  el derecho al debido proceso, igualdad, acceso a cargos públicos de la señora  Oscar Fernando Martínez Bustamante y en consecuencia ordenar al Consejo  Superior de la Carrera Notarial, para que en el término máximo de cuarenta y  ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de esta decisión,  reconfigure la lista de elegibles para el Círculo Notarial de Bogotá, aplicando  como es su deber las consecuencias de la suspensión provisional ordenada por el  Juez Cuarto Administrativo de Ibagué (Tolima), para que, surtido lo anterior  comunique a las autoridades competentes, previa verificación de los requisitos  a que haya lugar, si la accionada tiene actualmente, derecho a ser nombrada en  una de las notarías de esta ciudad”.    

Que por lo expuesto, se    

DECRETA:    

Artículo 1°. En cumplimiento a lo dispuesto en  sentencia de tutela proferida el 11 de febrero de 2009, por el Consejo  Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, en el Proceso número 200900179 00,  nómbrase al doctor Oscar Fernando Martínez Bustamante, identificado con la  cédula de ciudadanía número 12541594 como Notario Cincuenta y Cuatro (54) de  Bogotá.    

Artículo 2°. Como consecuencia de lo anterior  desvincúlese del servicio como Notario Cincuenta y Cuatro (54) de Bogotá al  doctor Campo Alberto Puentes Núñez, identificado con cédula de ciudadanía  número 17163919.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de marzo de 2009.    

FABIO VALENCIA COSSIO    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia  Cossio.    

               

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