DECRETO 882 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 882 DE 2009    

(marzo 16)    

por el cual se  designa un Notario en propiedad.    

Nota: Modificado  parcialmente por el Decreto 5041 de 2009.    

El Ministro del Interior y de Justicia de la  República de Colombia, Delegatario de las Funciones Presidenciales mediante Decreto  número 783 del 11 de marzo de 2009, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial las que le confieren, el artículo 161  del Decreto 960 de 1970,  el artículo 5° del Decreto 2163 de 1970,  los artículos 61 y 66 del Decreto  Reglamentario 2148 de 1983, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 131 de la Constitución Política  dispone que el cargo de Notario en Propiedad deba proveerse por concurso.    

Que en virtud del Acuerdo 1 de 2006, el  Consejo Superior convocó a Concurso Público y Abierto para el Nombramiento de  Notarios en Propiedad y el Ingreso a la Carrera Notarial, para proveer en  propiedad el cargo de Notario en diferentes círculos notariales del territorio  nacional.    

Que mediante Acuerdo 142 de 2008, el Consejo  Superior conformó la Lista de Elegibles para proveer en propiedad el cargo de  Notario en los departamentos de Cundinamarca, Boyacá,  Tolima, Casanare, Vichada,  Meta, Guaviare, Amazonas, Putumayo y San Andrés, la cual  fue conformada por círculo notarial, con los nombres y documentos de identidad  de quienes en estricto orden descendente, obtuvieron los mayores puntajes, como  resultado de la suma de las calificaciones correspondientes a las distintas  fases del concurso, de acuerdo con el mínimo fijado para la integración de las  listas de elegibles de sesenta puntos (60) (Decreto 926 de 2007  y artículo 19 del Acuerdo 01 de  2006).    

Que la designación de los Notarios de Primera  Categoría es competencia del Gobierno Nacional.    

Que el doctor Eduardo Isaac Caicedo Escobar,  identificado con la cédula de ciudadanía número 19100253, aspirante a Notario  del Círculo de Bogotá obtuvo un puntaje total de 82.4833333 puntos, de suerte  tal que tiene derecho a ser nombrado en propiedad en ese círculo notarial.    

Que el Consejo Superior en sesión celebrada el  día 22 de diciembre de 2008, fijó la siguiente directriz:    

“1.  Que se proceda al nombramiento en propiedad y al ingreso a la carrera notarial  de los aspirantes que superaron el concurso y que frente a la decisión de la  Juez Cuarto Administrativo de Ibagué, dentro de la acción popular que cursa en  ese despacho, no resulten afectados con el reconocimiento de los cinco (5)  puntos, relacionados con el reconocimiento de la obra jurídica (…)”.    

Que, el aspirante Eduardo Isaac Caicedo  Escobar, no acreditó la autoría de la obra jurídica mediante el mecanismo alterno  suspendido provisionalmente por el Juez Cuarto Administrativo de Ibagué, por lo  que cualquiera sea la decisión de fondo que se adopte en ese Proceso número  00413 de 2007, sigue dentro de los aspirantes con derecho a ser nombrados en el  cargo de notario.    

Que la decisión final que debe adoptar el juez  en la acción popular en comento, sí es factor determinante para establecer la  notaría que ha de corresponder a cada uno de los aspirantes.    

Que, en consecuencia y en cumplimiento a lo  dispuesto en los artículos 11 del Decreto 3454 de 2006  y 19 del Acuerdo 1 de 2006 del Consejo Superior, se procederá a dar curso al  nombramiento en propiedad del doctor Eduardo Isaac Caicedo Escobar, pero la  localización notarial definitiva, quedará sujeta a la decisión de fondo de la  acción popular.    

Por lo anteriormente expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Nómbrese en propiedad, al doctor  Eduardo Isaac Caicedo Escobar, identificado con la cédula de ciudadanía número  19100253, como Notario Treinta (30) del Círculo de Bogotá.    

Artículo 2°. Para tomar posesión de este  cargo, el designado deberá acreditar ante la Superintendencia de Notariado y  Registro la documentación de ley.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de marzo de 2009.    

FABIO VALENCIA COSSIO    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

               

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