DECRETO 848 DE 2007
(marzo 14)
por el cual se dictan disposiciones en materia salarial para empleos del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior Mariano Ospina Pérez, Icetex.
Nota: Derogado por el Decreto 629 de 2008, artículo 4º.
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°. Modifícase la escala salarial prevista en el Decreto 382 de 2007 con las siguientes asignaciones básicas para los empleos del nivel asistencial del Icetex, así:
Grado Salarial
Asistencial
01
856,535
02
960,320
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 382 de 2007 y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2007.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 14 de marzo de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
La Ministra de Educación Nacional
Cecilia María Vélez White.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.