DECRETO 847 DE 2007
(marzo 14)
por el cual se modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 para efectos de modificar su planta de personal, encontrándolo ajustado técnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto previo favorable;
Que para los fines de este decreto se cuenta con el concepto de viabilidad de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República:
DESPACHO DEL VICEPRESIDENTE
N° de Cargos
Denominación del Empleo
Código
Grado
(1) Uno
Auxiliar Administrativo
5510
03
SECRETARIAS PRESIDENCIALES
Denominación del Empleo
Código
Grado
(2) Dos
Asesor
2210
01
(1) Uno
Profesional
3320
02
PLANTA GLOBAL
Denominación del Empleo
Código
Grado
(1) Uno
Secretario
5530
08
(1) Uno
Técnico
4410
06
(1) Uno
Técnico
4410
03
(3) Tres
Secretario
5530
07
(3) Tres
Auxiliar Administrativo
5510
05
(6) Seis
Auxiliar Administrativo
5510
04
(4) Cuatro
Auxiliar Administrativo
5510
03
Artículo 2°. Créase en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República los siguientes empleos:
VICEPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
N° de Cargos
Denominación del Empleo
Código
Grado
(1) Uno
Secretario
5530
08
SECRETARIAS PRESIDENCIALES
Denominación del Empleo
Código
Grado
(2) Dos
Asesor
2210
10
AREA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
Denominación del Empleo
Código
Grado
(1) Uno
Técnico
4410
06
(1) Uno
Técnico
4410
03
(3) Tres
Secretario
5530
07
(3) Tres
Auxiliar Administrativo
5510
05
(6) Seis
Auxiliar Administrativo
5510
04
(4) Cuatro
Auxiliar Administrativo
5510
03
PLANTA GLOBAL
(1) Uno
Auxiliar Administrativo
5510
03
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 4658 del 27 de diciembre de 2006.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 14 de marzo de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Bernardo Moreno Villegas.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.