DECRETO 672 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 672 DE 2009    

(marzo 6)    

por el cual se  deroga el Decreto  4270 del 11 de noviembre de 2008.    

El Presidente de la República de Colombia, en  uso de las facultades constitucionales y legales, especialmente las que le  confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Las empresas que tengan  existencias de facturas cambiarias de compraventa y cambiarias de transporte  preimpresas con resolución de autorización de la DIAN vigente, podrán usarlas  hasta agotar las existencias, o hasta cuando se venza la autorización, lo que  ocurra primero. En caso de que estas no cumplan con la totalidad de los  requisitos exigidos por la Ley 1231 de 2008,  estos podrán ser incorporados al título de forma mecánica por medio de sello,  leyenda o manuscrito, sin que por ello las facturas pierdan la calidad de  título valor.    

Las facturas que no sean utilizadas se  entienden anuladas, sin perjuicio de observar las obligaciones sobre  conservación de documentos establecidas en la ley.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su publicación y deroga el Decreto  4270 del 11 de noviembre de 2008.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 6 de marzo de 2009.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo.    

Luis Guillermo Plata Páez.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *