DECRETO 656 DE 2009
(marzo 4)
por el cual se efectúa el nombramiento de un notario en cumplimiento de una orden judicial.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales que le confiere el artículo 5° del Decreto 2163 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que mediante fallo de tutela proferido el 16 de enero de 2009 por el Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca –Sala Jurisdiccional Disciplinaria–, proceso número 2008-7123 00, se ordenó:
“( )Tutelar el derecho al debido proceso, igualdad y acceso a cargos públicos de la señora Martha Lucía Villamil Barrera y en consecuencia ordenar al Consejo Superior de la Carrera Notarial para que en el término máximo de 48 horas contadas a partir de la notificación de esta decisión, reconfigure la lista de elegibles para el círculo notarial de Chía (Cundinamarca) aplicando como es su deber, las consecuencias de la suspensión provisional ordenada por el Juzgado Cuarto Administrativo de Ibagué (Tolima) para que surtido lo anterior, comunique a las autoridades competentes, previa verificación de los requisitos a que haya lugar, el derecho que le asiste al aspirante que resulte pertinente de ocupar la notaría segunda de esa localidad”.
Que por lo expuesto, se
DECRETA:
Artículo 1°. En cumplimiento a lo dispuesto en sentencia de tutela proferida el 16 de enero de 2009 por el Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, en el proceso número 2008-7123 00, nómbrase a la doctora Martha Lucía Villamil Barrera, identificada con la cédula de ciudadanía número 51624741 como Notaria Segunda (2°) de Chía, quien funge en esa notaría en interinidad.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 4 de marzo de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.