DECRETO 656 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO  656 DE 2009    

(marzo  4)    

por el cual se efectúa el nombramiento de un  notario en cumplimiento de una orden judicial.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales que le confiere el artículo 5° del Decreto 2163 de 1970,  y    

CONSIDERANDO:    

Que  mediante fallo de tutela proferido el 16 de enero de 2009 por el Consejo  Seccional de la Judicatura de Cundinamarca –Sala Jurisdiccional Disciplinaria–,  proceso número 2008-7123 00, se ordenó:    

“(  )Tutelar el derecho al  debido proceso, igualdad y acceso a cargos públicos de la señora Martha Lucía  Villamil Barrera y en consecuencia ordenar al Consejo Superior de la Carrera  Notarial para que en el término máximo de 48 horas contadas a partir de la notificación  de esta decisión, reconfigure la lista de elegibles para el círculo notarial de  Chía (Cundinamarca) aplicando como es su deber, las consecuencias de la  suspensión provisional ordenada por el Juzgado Cuarto Administrativo de Ibagué (Tolima)  para que surtido lo anterior, comunique a las autoridades competentes, previa  verificación de los requisitos a que haya lugar, el derecho que le asiste al  aspirante que resulte pertinente de ocupar la notaría segunda de esa localidad”.    

Que  por lo expuesto, se    

DECRETA:    

Artículo  1°. En cumplimiento a lo dispuesto en sentencia de tutela proferida el 16 de enero  de 2009 por el Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, en el  proceso número 2008-7123 00, nómbrase a la doctora Martha Lucía Villamil  Barrera, identificada con la cédula de ciudadanía número 51624741 como Notaria  Segunda (2°) de Chía, quien funge en esa notaría en interinidad.    

Artículo  2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 4 de marzo de 2009.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El  Ministro del Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

               

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