DECRETO 632 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 632 DE 2007    

(marzo 2)    

por el cual se reajusta la bonificación de actividad judicial para  jueces y fiscales.    

Nota: Derogado por el Decreto 671 de 2008,  artículo 3º.    

El Presidente de la  República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1°. A partir del  1° de enero de 2007, reajústase el valor de la bonificación de actividad  judicial, sin carácter salarial, de que tratan los Decretos 3131 y 3382 de 2005,  así:    

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En las mismas  condiciones, tendrán derecho a percibir esta bonificación de actividad  judicial, los Procuradores Judiciales 1 que desempeñen el cargo y que actúen de  manera permanente como Agentes del Ministerio Público ante los servidores que  ocupan los empleos señalados en este artículo.    

Artículo 2°. La  bonificación de actividad judicial de que trata el presente decreto no  constituye factor salarial ni prestacional y no se tendrá en cuenta para  determinar elementos salariales o prestaciones sociales.    

Artículo 3°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 403 de 2006  y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2007.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  2 de marzo de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior  y de Justicia,    

Carlos Holguín Sardi.    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

El Director del Departamento  Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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