DECRETO 631 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 631  DE 2007    

(marzo 2)    

por el cual se reajusta la prima individual de  compensación.    

El Presidente de la  República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1°. A  partir del 1° de enero de cada año, la prima individual de compensación que  vienen percibiendo los empleados públicos del Instituto Nacional de  Cancerología, a que se refiere el artículo 1° del Decreto 166 de 2004,  se reajustará en el mismo porcentaje en que se incrementa la asignación básica  del empleo en el que fue incorporado y mientras permanezca en este.    

Artículo 2°. A  partir del 1° de enero de cada año, la prima individual de compensación que en  virtud del Decreto 1752 de 2003  se viene reconociendo a los servidores que estaban vinculados al Instituto de  Seguros Sociales y que fueron incorporados en las plantas de personal de las  Empresas Sociales del Estado, creadas por el Decreto 1750 de 2003,  se reajustará en el mismo porcentaje en que se incrementa la asignación básica  del empleo en el que fue incorporado y mientras permanezca en él.    

Artículo 3°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 402 de 2006  y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2007.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  2 de marzo de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ.    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

               

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