DECRETO 630 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 630 DE 2007    

(marzo 2)    

por el cual se reajusta la bonificación por compensación para los  Magistrados del Tribunal y otros funcionarios.    

Nota: Derogado por el Decreto 670 de 2008,  artículo 2º.    

El Presidente de la  República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1°. A  partir del 1° de enero de 2007, los funcionarios a que se refiere el presente Decreto  que no hayan optado por el régimen de Bonificación de Gestión Judicial, de que  trata el Decreto 4040 de 2004,  continuarán devengando la Bonificación por Compensación, con carácter  permanente así:    

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Se entienden incluidos en  este artículo los funcionarios vinculados a la Procuraduría General de la  Nación, en empleos en los que actúen de manera permanente como agentes del  Ministerio Público ante los Magistrados del Tribunal a que se refiere el  presente artículo.    

Se incluyen igualmente  los funcionarios que se encuentren en la situación descrita en el parágrafo 3°  del artículo 2° del Decreto 4040 de 2004  y que no hayan optado por el régimen de Bonificación de Gestión Judicial,  quienes la devengarán mientras permanezcan en dichos cargos.    

La bonificación por  compensación, pagadera mensualmente, solo constituirá factor salarial para  efecto del ingreso base de cotización del Sistema General de Pensiones y del  Sistema General de Seguridad Social en Salud en los términos de la Ley 797 de 2003.    

Parágrafo. En todo caso  para tener derecho a la bonificación por compensación de que trata el presente decreto  se deberán reunir los requisitos constitucionales, legales y reglamentarios  para ejercer el cargo.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 401 de 2006  y demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir  del 1° de enero de 2007.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  2 de marzo de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior  y de Justicia,    

Carlos Holguín Sardi.    

 El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

El Director del  Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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