DECRETO 567 DE 2008
(febrero 27)
por medio del cual se crean unos consulados.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, y la Ley 17 de 1971 que aprobó la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963,
DECRETA:
Artículo 1°. Créase el Consulado de Colombia en Palma de Mallorca, Islas Baleares, España, con circunscripción en las Islas Baleares de Mallorca, Menorca, Cabrera, Ibiza y Formentera.
Artículo 2°. Créase el Consulado de Colombia en Las Palmas de Gran Canaria, Islas Canarias, España, con circunscripción en las Provincias de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife.
Artículo 3°. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de febrero de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Fernando Araújo Perdomo.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.