DECRETO 565 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO  565 DE 2009    

(febrero  26)    

por el cual se corrige el Decreto  número 116 de 16 de enero de 2009.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial las que le confieren, el artículo 161  del Decreto 960 de 1970,  el artículo 5° del Decreto 2163 de 1970,  los artículos 61 y 66 del Decreto  Reglamentario 2148 de 1983, el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913 y 73 del  Código Contencioso Administrativo,    

CONSIDERANDO:    

Que el  artículo 131 de la Constitución Política  dispone que el cargo de notario en propiedad deba proveerse por concurso.    

Que en  virtud del Acuerdo 1 de 2006, el Consejo Superior convocó a Concurso Público y  Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad y el Ingreso a la Carrera  Notarial, para proveer en propiedad el cargo de Notario en diferentes círculos  notariales del territorio nacional.    

Que  mediante Acuerdo número 150 de 2008, el Consejo Superior conformó la Lista de Elegibles  para proveer en propiedad el cargo de Notario en los departamentos de Antioquia  y  Chocó, la cual fue conformada por  círculo notarial, con los nombres y documentos de identidad de quienes en  estricto orden descendente, obtuvieron los mayores puntajes, como resultado de  la suma de las calificaciones correspondientes a las distintas fases del  concurso, de acuerdo con el mínimo fijado para la integración de las listas de  elegibles de sesenta puntos (60). (Decreto 926 de 2007  y artículo 19 del Acuerdo 01 de 2006).    

Que la  designación de los Notarios de Primera Categoría es competencia del Gobierno Nacional.    

Que el  doctor Carlos Javier Palacios Calle, identificado con la cédula de ciudadanía  número 8398230, aspirante a Notario del Círculo de Medellín (Antioquia), obtuvo  un puntaje total de 77,1666667 puntos, de suerte tal que tiene derecho a ser  nombrado en propiedad en ese círculo notarial, como en efecto se hizo mediante Decreto  116 del 16 de enero de 2009.    

Que la  Secretaría Técnica del Consejo Superior al remitir los listados de elegibles conformados  mediante Acuerdo número 150 de 2008, al Gobierno Nacional, cometió un yerro  mecanográfico al informar que el doctor Carlos Javier Palacios Calle le  correspondía la Notaría Veintiuno del Círculo de Medellín, cuando le  correspondía en virtud del orden de prelación de notarías escogida al momento  de su inscripción, la Notaría Diecinueve de dicho círculo, tal como lo hace  constar en oficio de 27 de enero de 2009, dirigido al señor Ministro del  Interior y de Justicia.    

Que en  consecuencia de lo dicho la Secretaría Técnica hace constar que una vez  corregido el error de hecho anteriormente citado, el doctor Carlos Javier  Palacios Calle debe ser nombrado en propiedad en la Notaría Diecinueve, en  armonía con lo dispuesto en los artículos 1° del Decreto 3454 de 2006  y 19 del Acuerdo 01 de 2006.    

Que al  momento de la inscripción, el doctor Carlos Javier Palacios Calle se inscribió para  27 notarías en el siguiente orden: Notarías Dieciséis, Diecisiete, Veintitrés,  Veintinueve, Doce, Trece, Cuarta, Tercera, Sexta, Once, Veinte, Veintiuno,  Veinticuatro, Veinticinco, Veintiséis, Quinta, Octava, Décima, Catorce,  Dieciocho, Diecinueve, Veintidós, Veintisiete, Veintiocho, Segunda, Primera,  Novena.    

Que en  razón a que las Notarías Dieciséis, Diecisiete, Veintitrés, Veintinueve, Doce, Trece,  Cuarta, Tercera, Sexta, Once, Veinte, Veintiuno, Veinticuatro, Veinticinco,  Veintiséis, Quinta, Octava, Décima, Catorce y Dieciocho, fueron escogidas por  aspirantes que obtuvieron mejor puntaje que el doctor Carlos Javier Palacios  Calle, le corresponde su vigésima primera escogencia, la Notaría Diecinueve y  no la Notaría Veintiuno como se indicó por error mecanográfico en el Decreto 116 de 2009,  en atención a lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto 3454 de 2006  y 19 del Acuerdo 01 de 2006.    

Que el  doctor Carlos Javier Palacios Calle, manifestó su anuencia con la corrección de  yerro mecanográfico contenida en el presente decreto.    

Por lo  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Corríjase el yerro mecanográfico contenido en el Decreto  116 de 16 de enero de 2009, cuya parte resolutiva quedará así:    

“Nómbrese  en propiedad, al doctor Carlos Javier Palacios Calle, identificado con la cédula  de ciudadanía número 8398230 como Notario Diecinueve del Círculo de Medellín (Antioquia)”.    

Artículo  2°. Para tomar posesión del cargo, el designado deberá acreditar ante la  Superintendencia de Notariado y Registro, la documentación de ley.    

Artículo  3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 26 de febrero de 2009.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El  Ministro del Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

               

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