DECRETO 562 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO  562 DE 2009    

(febrero  26)    

por el cual se autoriza la compensación excepcional  de requisitos para el desempeño de un cargo en el Ministerio del Interior y de  Justicia.    

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades  constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 32 del Decreto 2772 de 2005,  y    

CONSIDERANDO:    

Que el  artículo 32 del Decreto 2772 de 2005,  dispone que en casos excepcionales el Presidente de la República podrá  autorizar la compensación de los requisitos señalados para la provisión de un  empleo de libre nombramiento y remoción, para lo cual se deberá surtir el  trámite señalado en el artículo 11 del Decreto ley 770 de  2005, previa recomendación que para tal efecto realice la Comisión  Evaluadora de Méritos del candidato propuesto.    

Que  atendiendo la solicitud motivada que formuló el señor Ministro del Interior y  de Justicia, la Comisión Evaluadora de Méritos, de conformidad con el artículo  11 del Decreto ley 770 de  2005, mediante Acta número 57 del 18 de febrero de 2009, recomendó al señor  Presidente de la República, autorizar la compensación de los requisitos  establecidos para el cargo de Asesor, Código 1020, Grado 16, del Despacho del  Ministro del Interior y de Justicia, para su desempeño por parte de la doctora  Olga Lucía Reyes Escobar, dado su perfil y experiencia altamente calificada que  le permite ejercer con diligencia las funciones asignadas para el cargo en el  cual se está nombrando.    

Que por  lo expuesto anteriormente,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Autorízase la compensación de los requisitos establecidos en el Decreto 2772 de 2005,  por el perfil y la experiencia altamente calificada adquirida por la doctora Olga  Lucía Reyes Escobar, identificada con cédula de ciudadanía número 39773735 de Usaquén,  para el desempeño del cargo de Asesor, Código 1020, Grado 16, del Despacho del  Ministro del Interior y de Justicia.    

Artículo  2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 26 de febrero de 2009.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El  Ministro del Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

               

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