DECRETO 541 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 541 DE 2007    

(febrero 27)    

por el cual se reglamenta la Ley 788 de 2002 respecto del IVA, cedido a Entidades Territoriales.    

Nota: Decreto anulado por el Consejo de Estado en la Sentencia del 1º de  septiembre de 2011. Expediente:  16549 (Acumulado con el Expediente 16550). Sección 4ª. Actor: Elías Alberto  Chacón Quintero, Pablo J. Cáceres Corrales. Ponente: Hugo Fernando Bastidas Bárcenas.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1°. En el caso de productores  oficiales, el IVA cedido que está incorporado dentro de la tarifa del impuesto  al consumo o participación, es equivalente al 35% de este impuesto, valor que se afectará con el IVA  correspondiente a la producción. (Nota: El  aparte en letra cursiva fue suspendido provisionalmente por el Consejo de  Estado mediante Auto del 11 de diciembre de 2007. Expediente:  16549. Sección 4ª. Actor: Elías Alberto Chacón  Quintero. Ponente: Héctor J. Romero Díaz.).    

Artículo 2°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de febrero  de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito  Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

               

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