DECRETO 536 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 536 DE 2009    

(febrero 24)    

por el cual se  efectúa el nombramiento de un notario en cumplimiento de una decisión judicial.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que  le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 5° del Decreto 2163 de 1970,  y    

CONSIDERANDO:    

Que el Consejo Seccional de la Judicatura del  Quindío- Sala Jurisdiccional Disciplinaria, mediante fallo de tutela proferido  el 29 de enero de 2009 dentro del Proceso número 2009-00011 00, dispuso:    

“1. Conceder el  amparo de los derechos fundamentales al debido proceso administrativo, acceso a  cargo públicos, al trabajo, y a los principios de buena fe y confianza  legítima, a favor del proponente de la tutela Oscar Grajales Vanegas, dentro de  la presente acción de tutela que ha promovido contra la Presidencia de la  República, Ministerio del Interior y de Justicia, Superintendencia de Notariado  y Registro y Consejo Superior de la Carrera Notarial, de conformidad con los  razonamientos dejados expuestos en la parte motiva de esta decisión.    

“2. Consecuente con  lo anterior, y para el restablecimiento de los derechos del ciudadano Oscar  Grajales Vanegas se ordena: A. Al señor Presidente de la República o quien haga  sus veces, para que proceda dentro de los cinco días siguientes a la  notificación del presente fallo, a emitir el decreto donde nombre en propiedad  como Notario Quinto de Armenia al accionante Oscar Grajales Vanegas, quien aparece  como elegible para el citado cargo, según listado que fuera remitido el 6 de  enero de 2009, por la Secretaria Técnica del Consejo Superior de la Carrera  Notarial. B. A la señora Superintendente de Notariado y Registro para que  dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la acreditación del  cumplimiento de los requisitos legales por parte del ciudadano Oscar Grajales  Vanegas, lo confirme en el cargo de Notario Quinto de Armenia (Q.) y pueda  entrar a tomar posesión del mismo. C. Al señor Presidente de la República o  quien haga sus veces para que dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a  la confirmación del ciudadano Oscar Grajales Vanegas como Notario Quinto de  Armenia, proceda a darle posesión en el citado cargo”.    

Que revisada la documentación aportada para el  nombramiento, no se encuentran los antecedentes necesarios para determinar si  el doctor Oscar Grajales Vanegas, se encuentra o no inhabilitado para ejercer  el cargo de Notario.    

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del Código  Contencioso Administrativo, por tratarse de un acto de ejecución a instancias  de autoridad judicial competente no procede recurso alguno.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. En cumplimiento a lo dispuesto en  sentencia de tutela proferida el 29 de enero de 2009 por el Consejo Seccional  de la Judicatura de Quindío, en el Proceso número 2009-00011-00, nombrase al  doctor Oscar Grajales Vanegas, identificado con la cédula de ciudadanía número  4400858 de Calarcá, como Notario Quinto (5°) de Armenia.    

Artículo 2°. Como consecuencia de lo anterior  desvincúlese del servicio como Notario Quinto (5°) de Armenia al doctor Carlos  Alberto Mejía identificado con cédula de ciudadanía número 7521334.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de febrero de  2009.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia  Cossio.    

               

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