DECRETO 524 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 524  DE 2007    

(febrero 26)    

por el cual se designa Ministro de Minas y Energía ad hoc.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 1, del  artículo 189 de la Constitución Política y  la Ley 63 de 1923, y    

CONSIDERANDO:    

Que  el Consejo de Ministros en sesión del 23 de octubre de 2006, con fundamento en  el principio de verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el artículo 8°  de la Ley 63 de 1923, aceptó  el impedimento manifestado por el señor Ministro de Minas y Energía, doctor  Hernán Martínez Torres, para conocer y decidir todos los asuntos que tengan  relación con las exenciones a los combustibles en la industria atunera;    

Que  el artículo 8° de la Ley 63 de 1923 dispone  que, en caso de que el ministro recusado o cuyo impedimento fuere aceptado,  hubiere de separarse del conocimiento del negocio, será el Presidente de la  República quien adscriba la decisión del asunto a otro cualquiera de los  ministros del despacho,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Nómbrase como Ministro de Minas y Energía ad hoc al doctor Andrés Uriel  Gallego Henao, Ministro de Transporte, para conocer y decidir todos los asuntos  que tengan relación con las exenciones a los combustibles en la industria  atunera.    

Artículo  2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Comuníquese,  publíquese y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 26 de febrero de 2007.    

 ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

               

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