DECRETO 051 DE 2008
(enero 15)
por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, UAESPNN, del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
Nota: Derogado por el Decreto 3574 de 2011, artículo 9º.
El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia, Delegatario de Funciones Presidenciales, mediante Decreto número 011 del 4 de enero de 2008, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de modificar la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, UAESPNN, encontrándolo ajustado técnicamente y emitiendo en consecuencia concepto favorable;
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó el certificado de viabilidad presupuestal,
DECRETA:
Artículo 1°. Créanse los siguientes empleos en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, UAESPNN, del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial:
PLANTA GLOBAL
N° de cargos
Denominación del empleo
Código
Grado
5 (cinco)
Administrador de Parques Nacionales
2024
17
3 (tres)
Profesional Especializado
2028
20
9 (nueve)
Profesional Universitario
2044
11
22 (veintidós)
Profesional Universitario
2044
06
10 (diez)
Técnico Administrativo
3124
11
10 (diez)
Operario Calificado
4169
09
Artículo 2°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo I del Título II del Decreto 1227 de 2005, y demás normas concordantes.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 4° del Decreto 217 de 2003.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 15 de enero de 2008.
CARLOS HOLGUIN SARDI
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,
Juan Lozano Ramírez.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Antonio Grillo Rubiano.