DECRETO 5040 DE 2009
(diciembre 29)
por el cual se da cumplimiento a la Sentencia SU-913 de 2009 proferida por la Corte Constitucional, en cuanto al Nodo de Bucaramanga.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 131 de la Constitución Política, 5° del Decreto 2163 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que la Sala Plena de la honorable Corte Constitucional, en Sentencia SU-913 del 11 de diciembre de 2009, entre otros aspectos, dispuso:
“14.5.1.5 Imposibilidad de mantener personas en interinidad o encargo.
De la información aportada por la Superintendencia de Notaríado y Registro se infiere que los señores Alfonso Montoya Marín, Campos Alberto Puentes Núñez, Víctor Alberto Maya Garzón y Adriana Márquez se encuentran nombrados como notarios interinos o en encargo en las Notarías 28, 54, 73 y 76, respectivamente, sin contar con el puntaje que les permitiera acceder a estas notarías y, aún sin haber concursado como es el caso del señor Montoya Marín. Tampoco cuentan con una orden de autoridad judicial que respalde el motivo de su designación. Por esta razón, en punto a permitir el acceso a notarías que se hayan provisto mediante la figura de interinidad o encargo, por quienes participaron en el concurso de notarios y obtuvieron los mejores puntajes, la Corte ordenará dejar sin efectos dichos nombramientos con el fin de que sean reemplazados con las listas de elegibles contenida en el Acuerdo 142 de 2008.
Esta medida deberá ser replicada en los círculos notaríales de todo el país, de manera que se erradique la figura de la interinidad o el encargo, salvo en aquellos casos en que el concurso resultó desierto o que sea necesario por faltas temporales”.
Que el señor Sabino Alfonso Caballero Villamil, identificado con cédula de ciudadanía 91257742, viene ejerciendo como Notario Segundo (2°) del Círculo de Floridablanca, en calidad de interino, sin contar con el puntaje que le permita acceder a esta notaría como notario en propiedad, razón por la cual se dejará sin efectos su nombramiento,
DECRETA:
Artículo 1°. Dejar sin efectos, en los términos establecidos en la Sentencia SU-913 de 2009, el nombramiento de Notario efectuado por el Gobierno Nacional en el Círculo Notaríal de Floridablanca, Santander, que se indica a continuación:
NOMBRE NOTARIO
DOCUMENTO DE IDENTIDAD
NOTARIA Y CIRCULO
ACTO DE NOMBRAMIENTO SIN EFECTO
SABINO ALFONSO CABALLERO VILLAMIL
91257742
2
DECRETO 4362 2005
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de diciembre de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossi