DECRETO 5026 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 5026 DE 2009     

(diciembre 28)    

por el cual se modifica el Decreto 4815 de 2008.    

El Presidente de la República, en ejercicio de  sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el  numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modifíquese el artículo 1° del Decreto 4815 de 2008,  el cual quedará así    

“Artículo 1°. Transición en la distribución de los  recursos de la Participación de Propósito General correspondientes a la  eficiencia fiscal y administrativa. En la asignación de los recursos  correspondientes a la eficiencia fiscal y administrativa de la Participación de  Propósito General para la vigencia fiscal 2010, el Conpes  Social podrá incluir una compensación con el fin de garantizar los recursos  asignados en el año 2009 a los sectores de deporte y recreación y cultura.  Estos recursos se distribuirán entre las entidades beneficiarias de la  Participación de Propósito General, asignándoles un monto adicional que  compense la diferencia de manera equitativa y proporcional.    

Los recursos  asignados de esta manera serán destinados por los beneficiarios exclusivamente  a los sectores de deporte y recreación y cultura”.    

Artículo 2°. Modifíquese el artículo 2° del Decreto 4815 de 2008,  el cual quedará así    

“Artículo 2°. Distribución de los recursos de la  Participación para Salud, componente prestación de servicios a la población  pobre no asegurada y las actividades no cubiertas con subsidios a la demanda  del Sistema General de Participaciones de 2010. En la vigencia fiscal 2010 los porcentajes  de que tratan los artículos 5° y 6° del Decreto 2878 de 2007  serán los mismos que se aplicaron en 2009, para efectos de la distribución y  asignación de los recursos de la Participación para Salud, componente  prestación de servicios a la población pobre no asegurada y las actividades no  cubiertas con subsidios a la demanda.”    

Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., 28 de diciembre de  2009.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Oscar Iván Zuluaga.    

El Ministro de la Protección Social,    

Diego Palacio Betancourt.    

El Director del Departamento Nacional de  Planeación,  Esteban Piedrahíta Uribe.              

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