DECRETO 5022 DE 2009
(diciembre 28)
por el cual se crea la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social –UGPP–.
Nota 1: Modificado por el Decreto 682 de 2017.
Nota 2: Aclarado por el Decreto 576 de 2013.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 54 y 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública emitió concepto favorable al estudio que sustenta la creación de la planta de personal y cargos temporales de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social –UGPP–.
Que para los fines de este Decreto la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó certificado de viabilidad presupuestal,
DECRETA:
Artículo 1°. Ver aclaración del Decreto 576 de 2013, artículo 5º. Las funciones propias de las diferentes dependencias de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social –UGPP– serán atendidas por la planta de personal que a continuación se establece:
PLANTA DEL DESPACHO DEL DIRECTOR
Número de cargos
Denominación
Código
Grado
1
Uno
Director General de Unidad Administrativa Especial
0015
—
4
Cuatro
Asesor
0010
16
3
Tres
Asesor
1020
15
1
Uno
Secretario Ejecutivo
4210
24
1
Uno
Conductor Mecánico
4103
18
PLANTA GLOBAL
Número de cargos
Denominación
Código
Grado
7
Siete
Director Técnico
0100
—
11
Once
Subdirector General
0040
24
44
Cuarenta y cuatro
Profesional Especializado
2028
23
54
Cincuenta y cuatro
Profesional Especializado
2028
21
42
Cuarenta y dos
Profesional Especializado
2028
19
23
Veintitrés
Profesional Universitario
2044
11
4
Cuatro
Profesional Universitario
2044
9
5
Cinco
Profesional Universitario
2044
6
3
Tres
Técnico Administrativo
3124
15
4
Cuatro
Secretario Ejecutivo
4210
22
3
Tres
Secretario Ejecutivo
4210
20
Artículo 2°. El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social –UGPP– distribuirá los cargos de la planta global a que hace referencia el artículo primero del presente decreto mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio y los planes y programas de la entidad.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de diciembre de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
La Directora General del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.