DECRETO 5016 DE 2009
(diciembre 28)
por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación – ICFES.
Nota: Adicionado por el Decreto 4677 de 2010.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 54 numerales m y n y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación –ICFES presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de establecer su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable de este Departamento Administrativo.
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal para efecto de modificar la planta de Personal del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación –ICFES–.
Que el Consejo Directivo del –ICFES– decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional su planta de personal, según Acuerdo número 0008 el 28 de octubre de 2009.
DECRETA:
Artículo 1°. Apruébase la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación –ICFES– en el sentido de suprimir los siguientes cargos:
No. de
Cargos
Denominación del empleo
Código
Grado
DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL
1 (uno)
DIRECTOR GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA
0015
25
8 (ocho)
ASESOR
1020
8
1 (uno)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
14
1 (uno)
SECRETARIO EJECUTIVO
4210
20
1 (uno)
CONDUCTOR MECANICO
4103
17
PLANTA GLOBAL
1 (uno)
SECRETARIO GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA
0037
18
3 (tres)
SUBDIRECTOR GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA
0040
18
1 (uno)
JEFE DE OFICINA
0137
15
1 (uno)
ASESOR
1020
09
1 (uno)
ASESOR
1020
08
1 (uno)
ASESOR
1020
07
1 (uno)
JEFE DE OFICINA ASESORA DE PLANEACION
1045
09
1 (uno)
JEFE DE OFICINA ASESORA DE JURIDICA
1045
09
12 (doce)
PROFESIONAL ESPECIALIZADO
2028
17
3 (tres)
PROFESIONAL ESPECIALIZADO
2028
16
10 (diez)
PROFESIONAL ESPECIALIZADO
2028
15
12 (doce)
PROFESIONAL ESPECIALIZADO
2028
14
16 (dieciséis)
PROFESIONAL ESPECIALIZADO
2028
13
10 (diez)
PROFESIONAL ESPECIALIZADO
2028
12
4 (cuatro)
PROFESIONAL ESPECIALIZADO
2044
11
10 (diez)
PROFESIONAL UNIVERSITARIO
2044
10
1 (uno)
PROFESIONAL UNIVERSITARIO
2044
09
1 (uno)
PROFESIONAL UNIVERSITARIO
2044
07
5 (cinco)
ANALISTA DE SISTEMAS
3003
16
1 (uno)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
18
1 (uno)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
15
1 (uno)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
14
14 (catorce)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
13
14 (catorce)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
12
1 (uno)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
10
1 (uno)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
09
2 (dos)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
08
2 (dos)
TECNICO OPERATIVO
3132
13
9 (nueve)
TECNICO OPERATIVO
3132
12
2 (dos)
TECNICO OPERATIVO
3132
11
1 (uno)
SECRETARIO EJECUTIVO
4210
18
14 (catorce)
SECRETARIO EJECUTIVO
4210
16
4 (cuatro)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
18
12 (doce)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
15
3 (tres)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
14
11 (once)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
13
5 (cinco)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
12
1 (uno)
SECRETARIO BILINGÜE
4182
25
5 (cinco)
CONDUCTOR MECANICO
4103
17
Artículo 2°. Apruébase la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación –ICFES– en el sentido de crear los siguientes cargos:
No. de
Cargos
Dependencia y Denominación del Cargo
Grado
DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL
1 (uno)
Director General
04
2 (Dos)
Asesor
03
No. de
Cargos
Dependencia y Denominación del Cargo
Grado
1 (uno)
Secretario Ejecutivo
02
1 (uno)
Conductor Mecánico
01
PLANTA GLOBAL
1 (Uno)
Secretario General
03
3 (Tres)
Director Técnico
03
10 (Diez)
Subdirector de Area
02
1 (Uno)
Jefe de Oficina
01
4 (Cuatro)
Jefe de Oficina Asesora
04
1 (Uno)
Asesor
02
1 (Uno)
Asesor
01
9 (Nueve)
Gestor de Pruebas
04
15 (Quince)
Profesional Especializado
04
7 (Siete)
Gestor de Pruebas
03
11 (Once)
Profesional Especializado
03
8 (Ocho)
Gestor de Pruebas
02
23 (Veintitrés)
Profesional Universitario
02
2 (Dos)
Gestor de Pruebas
01
3 (Tres)
Profesional Universitario
01
3 (Tres)
Técnico Diagramador
02
2 (Dos)
Técnico Administrativo
02
1 (Unos)
Técnico Diagramador
01
2 (Dos)
Analista De Sistemas
02
5 (Cinco)
Técnico Administrativo
01
4 (Cuatro)
Conductor Mecánico
01
Artículo 3°. El Director General del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación –ICFES– distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas del Instituto.
Artículo 4°. La Incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal que se adopta en el presente decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los siguientes treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de su publicación.
Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.
Artículo 5°. Los empleados públicos de carrera administrativa quienes, como consecuencia de la transformación de la entidad, no sean incorporados a la planta de personal a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, tendrán derecho preferencial a optar por ser reincorporados o indemnizados en los términos y condiciones consagradas en la Ley 909 de 2004, en el Decreto ley 760 de 2005 y en sus decretos reglamentarios.
Artículo 6°. Adicionado por el Decreto 4677 de 2010, artículo 1º. Transitorio. Los empleos públicos en condición de prepensionados, se mantendrán en la planta de cargos, mientras conserven la condición que les otorga el supuesto de hecho que generó el beneficio, y extinguida la condición del beneficiario por circunstancias sobrevinientes, los empleos que se señalan a continuación, se entenderán, automáticamente suprimidos:
No. de Cargos
Dependencia y Denominación del Cargo
Código
Grado
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
13
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
14
2 (Dos)
Técnico Administrativo
3124
13
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
12
1 (Uno)
Técnico Operativo
3132
13
1(Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
12
4 (Cuatro)
Auxiliar Administrativo
4044
13
4 (Cuatro)
Auxiliar Administrativo
4044
15
6 (Seis)
Secretario Ejecutivo
4210
16
Artículo 7°. Adicionado por el Decreto 4677 de 2010, artículo 2º. En cumplimiento de la Protección Especial Constitucional dispuesta para madres o padres cabeza de familia sin alternativa económica, personas con limitaciones física, mental, visual o auditiva y mujeres embarazadas, los siguientes empleos se mantendrán temporalmente en la planta de personal mientras conserven la condición que les otorga el reunir el supuesto de hecho que generó el beneficio; extinguida la condición de beneficiario por circunstancias sobrevinientes, el cargo quedará automáticamente suprimido:
No. de Cargos
Dependencia y Denominación del Cargo
Código
Grado
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
10
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
12
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
13
1 (Uno)
Técnico Operativo
3132
11
2 (Dos)
Técnico Operativo
3132
12
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
12
3 (Tres)
Auxiliar Administrativo
4044
13
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
15
3 (Tres)
Secretario Ejecutivo
4210
16
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
18
Artículo 8°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal, a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones sobre la materia.
Artículo 9°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las demás normas que les sean contrarias en especial el Decreto número 2233 de 2003.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de diciembre de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.
La Viceministra de Educación Preescolar, Básica y Media, encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Educación Nacional, Isabel Segovia Ospina.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor.