DECRETO 4972 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 4972 DE 2007    

(diciembre 27)    

por  el cual se reglamentan las instituciones prestadoras de servicios de salud  indígenas.    

Nota:  Ver Decreto 780 de 2016,  Decreto Único Reglamentario del  Sector Salud y Protección Social.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 189, numeral 11, de la  Constitución Política, y 56 transitorio de la Constitución Política, las Leyes 21 de 1991 y 691 de 2001, y    

DECRETA:    

Artículo 1°. Instituciones  prestadoras de servicios de salud indígenas, IPS, Indígenas.    

De conformidad con lo dispuesto por  el artículo 25 de la Ley 691 de 2001 y para  los efectos señalados en el literal f) del artículo 14 y los artículos 16 y 20  de la Ley 1122 de 2007,  sobre la contratación de servicios de salud, las entidades territoriales y las  entidades promotoras de salud del régimen subsidiado les darán a las  instituciones prestadoras de servicios de salud indígenas (IPSI) tratamiento de  empresas sociales del Estado.    

Nota:  Ver artículo 2.3.1.5. del Decreto 780 de 2016,  Decreto Único Reglamentario del  Sector Salud y Protección Social.    

Artículo 2°. Sistema  Obligatorio de Garantía de Calidad. Las instituciones prestadoras de servicios de salud indígenas, IPS,  Indígenas cumplirán con el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la  Atención de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud. El  Ministerio de la Protección Social lo ajustará a los usos, costumbres, y al  modelo de atención especial indígena, en los servicios que lo requieran, para  lo cual adelantará el proceso de concertación con las autoridades indígenas. (Nota: Ver artículo 2.5.1.1.2 del  Decreto 780 de 2016,  Decreto Único Reglamentario del  Sector Salud y Protección Social.).    

Artículo 3°. Vigencia.  El presente decreto rige a partir de  su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de diciembre  de 2007    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de la Protección Social,    

Diego  Palacio Betancourt    

               

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