DECRETO 4966 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 4966 DE 2007    

(diciembre 27)    

por  el cual se establece el auxilio de transporte.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial de las conferidas en las Leyes 15 de 1959 y 4a de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Fijar a partir del  primero (1°) de enero de dos mil ocho (2008) el auxilio de transporte a que  tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que  devenguen hasta dos (2) veces el salario mínimo legal mensual vigente, en la  suma de cincuenta y cinco mil pesos ($55.000) en moneda corriente, mensuales,  el cual se pagará por los empleadores en todos los lugares del país donde se  preste el servicio público de transporte.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir del primero (1°) de enero de dos mil ocho (2008) y deroga el Decreto  4581 de 27 de diciembre de 2006.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de  diciembre de 2007    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito  Público,    

Oscar Iván Zuluaga Escobar.    

Ministro de la Protección Social,    

Diego Palacio Betancourt.    

El Ministro de Transporte,    

Andrés Uriel Gallego.    

El Ministro de la Protección Social,    

               

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