DECRETO 4940 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 4940  DE 2009    

(diciembre 18)    

por el cual se reglamenta el artículo 50 de la Ley 1142 de 2007.    

El Ministro del  Interior y de Justicia de la República de Colombia, delegatario de funciones  presidenciales en virtud del Decreto  4818 del 10 de diciembre de 2009, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 189 numerales 4 y 11 de la  Constitución Política, 50 de la Ley 1142 de 2007,    

CONSIDERANDO:    

Que la Ley 1142 de 2007, por  la cual se reforman parcialmente las Leyes 599 de 2000, 906 de 2004 y se  adoptan medidas para la prevención y represión de la actividad delictiva de  especial impacto para la convivencia y seguridad ciudadana, consagró en su  artículo 50 los sistemas de vigilancia electrónica como sustitutiva de prisión.    

Que el parágrafo  del artículo 50 de la precitada ley, señala que los sistemas de vigilancia  electrónica como sustitutivos de prisión, se aplicarán gradualmente, dentro de  los límites de la respectiva apropiación presupuestal.    

Que el Ministerio  del Interior y de Justicia, dentro de los límites de la respectiva apropiación  presupuestal, de manera gradual ha venido implementando los sistemas de  vigilancia electrónica como sustitutivos de prisión.    

Que de acuerdo con  el resultado del Plan Piloto para la implementación de los sistemas de  vigilancia electrónica a que hace alusión el Decreto 1316 de 2009,  resulta oportuno extenderlo a todo el país.    

Que el Ministerio  del Interior y de Justicia, cuenta con la respectiva apropiación presupuestal  para implementar los sistemas de vigilancia electrónica,    

DECRETA:    

Artículo 1°. A  partir de la vigencia del presente decreto, los sistemas de vigilancia  electrónica se implementarán en todos los Distritos Judiciales del país, dentro  de los límites de la respectiva apropiación presupuestal.    

Artículo 6°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.  C., a 18 de diciembre de 2009.    

FABIO VALENCIA COSSIO    

El Ministro del  Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

               

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