DECRETO 4893 DE 2007
(diciembre 21)
por el cual se hace efectiva una sanción disciplinaria impuesta a la ex Gobernadora (E.) del departamento del Amazonas.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 172 de la Ley 734 de 2002,
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo solicitado por el Jefe de la Unidad de Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación, mediante Comunicación 43831 del 24 de julio de 2007, se hace necesario dar cumplimiento a la providencia del 30 de noviembre de 2006, proferida por la Procuraduría Primera Delegada para la Contratación Estatal, mediante el fallo de primera instancia del 30 de noviembre de 2006, correspondiente a la Investigación Disciplinaria número 021-71563;
Que mediante el fallo descrito en el párrafo anterior se impuso a la señora Elsy Leonor Núñez Torres, identificada con la cédula de ciudadanía número 41681428, en su condición de ex Gobernadora encargada del departamento del Amazonas, la sanción de setenta (70) días de suspensión en el ejercicio del cargo, y que atendiendo lo preceptuado en el artículo 46 de la Ley 734 de 2002, en el caso en que el disciplinado haya cesado en sus funciones al momento de la ejecutoria del fallo, el término de la sanción se convertirá en salarios “de acuerdo con el monto devengado para el momento de la comisión de la falta”;
Que para el caso que nos ocupa la sanción asciende a la suma de cinco millones doscientos setenta y nueve mil seiscientos ochenta y siete pesos ($5.279.687.00) moneda corriente, por la conversión que de setenta (70) días de suspensión se hizo en setenta (70) días de salarios devengado por la señora Elsy Leonor Núñez Torres, ex Gobernadora encargada del departamento del Amazonas, y titular del cargo de Directora Jurídica, en la época de los hechos, este es en el año 2002, conforme lo determina el oficio de la Procuraduría General de la Nación en Comunicación 73370 del 30 de noviembre de 2007, suscrita por la Procuradora Primera Delegada para la Contratación Estatal;
Que según constancia suscrita por el Coordinador de la Unidad Coordinadora para la Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación, el fallo de primera instancia fue notificado por edicto el 15 de diciembre de 2006 y desfijado el 19 de diciembre de 2006, por lo cual se halla debidamente ejecutoriado;
Que conforme al artículo 172 de la Ley 734 de 2002, corresponde al Presidente de la República hacer efectivas las sanciones disciplinarias que se impongan a los Gobernadores y Alcaldes de Distrito;
Que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en pronunciamiento del 28 de julio de 1994, Radicación 624, conceptuó que los actos mediante los cuales el Presidente de la República da cumplimiento a una sanción a instancias de autoridad competente, son de ejecución y contra los mismos no cabe recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo,
DECRETA:
Artículo 1°. En cumplimiento de lo dispuesto por la Procuraduría Primera Delegada para la Contratación Estatal, mediante el fallo de primera instancia del 30 de noviembre de 2006, proferida dentro de la Investigación Disciplinaria número 021-71563, hágase efectiva a la señora Elsy Leonor Núñez Torres, identificada con la cédula de ciudadanía número 41681428, en su condición de ex Gobernadora encargada del departamento del Amazonas, para la época de los hechos, la sanción de setenta (70) días de suspensión en el ejercicio del cargo, término que se convierte en salarios “de acuerdo con el monto devengado para el momento de la comisión de la falta”, equivalentes a cinco millones doscientos setenta y nueve mil seiscientos ochenta y siete pesos moneda corriente ($5.279.687.00).
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y contra él no procede recurso alguno, de conformidad con el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Carlos Holguín Sardi.