DECRETO 4863 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 4863 DE 2009    

(diciembre 11)    

por el cual se adiciona el  artículo 15 del Decreto 1737 de 1998.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio  de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los  numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Adiciónese el siguiente inciso al artículo  15 del Decreto 1737 de 1998,  modificado y adicionado por los artículos 7° del Decreto 2209 de 1998,  3° del Decreto 2445 de 2000,  1° del Decreto 644 de 2002,  1° del Decreto 3668 de 2006,  1° del Decreto 4561 de 2006,  1° del Decreto 966 de 2007,  1° del Decreto 1440 de 2007  y 1° del Decreto 2045 de 2007:    

“El Director Administrativo y Financiero del Servicio  Nacional de Aprendizaje – SENA, podrá asignar teléfono celular, con cargo a los  recursos de la entidad, a los Subdirectores de los Centros de Formación y a los  Jefes de Oficina del SENA, previa expedición del acto administrativo mediante  el cual señale el monto máximo de uso de los mismos”.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su publicación en el Diario Oficial y adiciona en lo pertinente el artículo 15 del Decreto 1737 de 1998.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 11 de diciembre de 2009.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Oscar Iván Zuluaga Escobar.    

               

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