DECRETO 4766 DE 2008
(diciembre 18)
por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA.
Nota: Modificado por el Decreto 91 de 2022, por el Decreto 1617 de 2012 y por el Decreto 3762 de 2009.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales, en especial las que le confiere los artículos 54, literales m) y n), y 115 de la Ley 489 de 1998 y,
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar la planta de personal, el cual obtuvo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo;
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió viabilidad presupuestal para efecto de modificar la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA;
Que el Consejo Directivo del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, decidió someter a consideración del Gobierno Nacional la modificación de la planta de personal, de acuerdo con el Acta número 508 del 17 de diciembre de 2008,
DECRETA:
Artículo 1°. Apruébase la modificación de la Planta de Personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, suprimiendo los siguientes cargos:
N° CARGOS
DENOMINACION DEL CARGO
CODIGO
GRADO
DESPACHO GERENTE GENERAL
Diez (10)
Asesor
1020
15
Uno (1)
Asesor
1020
13
PLANTA GLOBAL
Nueve (9)
Profesional Especializado
2028
22
Treinta y cuatro (34)
Profesional Especializado
2028
21
Tres (3)
Profesional Especializado
2028
20
Veintisiete (27)
Profesional Especializado
2028
19
Treinta y seis (36)
Profesional Especializado
2028
18
Cuarenta y dos (42)
Profesional Especializado
2028
17
Seis (6)
Profesional Especializado
2028
16
Dieciséis (16)
Profesional Especializado
2028
15
Seis (6)
Profesional Especializado
2028
14
Cincuenta y nueve (59)
Profesional Especializado
2028
13
Quince (15)
Profesional Especializado
2028
12
Tres (3)
Profesional Universitario
2044
10
Tres (3)
Profesional Universitario
2044
08
Cinco (5)
Profesional Universitario
2044
07
Doce (12)
Profesional Universitario
2044
06
Dieciséis (16)
Técnico Administrativo
3124
16
Siete (7)
Técnico Administrativo
3124
15
Cinco (5)
Técnico Administrativo
3124
13
Cinco (5)
Técnico Administrativo
3124
10
Uno (1)
Técnico Operativo
3132
16
Dos (2)
Técnico Operativo
3132
15
Tres (3)
Técnico Operativo
3132
11
Dos (2)
Técnico Operativo
3132
10
Siete (7)
Técnico Operativo
3132
09
Ocho (8)
Técnico Operativo
3132
07
Cuatro (4)
Secretario Ejecutivo
4210
24
Ocho (8)
Secretario Ejecutivo
4210
23
Catorce (14)
Secretario Ejecutivo
4210
22
Veintiséis (26)
Secretario Ejecutivo
4210
20
Veinticuatro (24)
Secretario Ejecutivo
4210
16
Catorce (14)
Secretario
4178
14
Veintiséis (26)
Secretario
4178
11
Cincuenta y tres (53)
Secretario
4178
09
Seis (6)
Auxiliar Administrativo
4044
20
N° CARGOS
DENOMINACION DEL CARGO
CODIGO
GRADO
Seis (6)
Auxiliar Administrativo
4044
16
Uno (1)
Auxiliar Administrativo
4044
10
PLANTA GLOBAL
Tres (3)
Auxiliar Administrativo
4044
08
Ciento veintiséis (126)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
08
Seis (6)
Operario Calificado
4169
13
Doscientos diecisiete (217)
Operario Calificado
4169
11
Veintidós (22)
Operario Calificado
4169
10
Dos (2)
Conductor Mecánico
4103
19
Uno (1)
Conductor Mecánico
4103
13
Artículo 2°. Modificado en lo pertinente por el Decreto 3762 de 2009, articulo 3º. Las funciones propias de las distintas dependencias del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, serán atendidas por la planta de personal que a continuación se establece:
N° CARGOS
DENOMINACION DEL CARGO
CODIGO
GRADO
DESPACHO DEL GERENTE GENERAL
Uno (1)
Gerente General de Entidad Descentralizada
0015
25
Tres (3)
Asesor
1020
08
Uno (1)
Profesional Universitario
2044
11
Uno (1)
Técnico Administrativo
3124
16
Uno (1)
Conductor Mecánico
4103
19
Uno (1)
Secretario Ejecutivo
4210
24
PLANTA GLOBAL
Siete (7)
Subgerente General de Entidad Descentralizada
0040
21
Dos (2)
Jefe de Oficina
0137
19
Dieciséis (16)
Director Técnico
0100
20
Dos (2)
Director Regional
0042
15
Once (11)
Gerente Seccional
0042
15
Quince (15)
Gerente Seccional
0042
12
Seis (6)
Gerente Seccional
0042
10
Uno (1)
Jefe Oficina Asesora de Planeación
1045
13
Uno (1)
Jefe Oficina Asesora Jurídica
1045
13
Uno (1)
Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones
1045
13
Siete (7)
Profesional Especializado
2028
24
Quince (15)
Profesional Especializado
2028
22
Veinticuatro (24)
Profesional Especializado
2028
20
Treinta y dos (32)
Profesional Especializado
2028
18
Cuarenta y cuatro (44)
Profesional Especializado
2028
16
Diecisiete (17)
Profesional Especializado
2028
15
Cien (100)
Profesional Especializado
2028
14
Cincuenta y cuatro (54)
Profesional Especializado
2028
13
Ciento ocho (108)
Profesional Especializado
2028
12
Noventa (90)
Profesional Universitario
2044
11
Ciento uno (101)
Profesional Universitario
2044
10
Veinticuatro (24)
Profesional Universitario
2044
09
Treinta y siete (37)
Profesional Universitario
2044
08
Noventa y cuatro (94)
Profesional Universitario
2044
07
Cuarenta y cuatro (44)
Profesional Universitario
2044
06
Uno (1)
Técnico Administrativo
3124
17
Trece (13)
Técnico Administrativo
3124
16
Ocho (8)
Técnico Administrativo
3124
15
Cuatro (4)
Técnico Administrativo
3124
13
Diez (10)
Técnico Administrativo
3124
10
Diez (10)
Técnico Operativo
3132
16
Veintitrés (23)
Técnico Operativo
3132
15
Cinco (5)
Técnico Operativo
3132
14
Cuatro (4)
Técnico Operativo
3132
13
Veintinueve (29)
Técnico Operativo
3132
12
Veintitrés (23)
Técnico Operativo
3132
10
Cincuenta y nueve (59)
Técnico Operativo
3132
09
Noventa y tres (93)
Técnico Operativo
3132
07
Dos (2)
Secretario Ejecutivo
4210
24
Dos (2)
Secretario Ejecutivo
4210
22
Ocho (8)
Secretario Ejecutivo
4210
20
Veintiuno (21)
Auxiliar Administrativo
4044
20
Cuarenta y nueve (49)
Auxiliar Administrativo
4044
16
Tres (3)
Auxiliar Administrativo
4044
15
Ciento ochenta y uno (181)
Auxiliar Administrativo
4044
11
Veinticuatro (24)
Auxiliar Administrativo
4044
10
Cincuenta y nueve (59)
Auxiliar Administrativo
4044
09
Setenta y seis (76)
Auxiliar Administrativo
4044
08
Diecinueve (19)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
08
Cuatro (4)
Conductor Mecánico
4103
19
Seis (6)
Conductor Mecánico
4103
13
Tres (3)
Operario Calificado
4169
13
Doce (12)
Operario Calificado
4169
11
Artículo 3°. El Gerente General distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo anterior, mediante resolución interna, y ubicará al personal teniendo en cuenta la organización, las necesidades del servicio y los planes y programas institucionales.
Artículo 4°. Los empleados públicos del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, con derechos de carrera administrativa que no sean incorporados en la planta de personal de que trata el artículo 2° del presente decreto, podrán optar por ser reincorporados a empleos iguales o equivalentes o a recibir indemnización, conforme a lo consagrado en el artículo 44 de la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Reglamentario 1227 de 2005, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto ley 760 de 2005 y demás disposiciones que la reglamenten, modifiquen o sustituyan.
Artículo 5°. La incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal que se aprueba en el presente decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los sesenta (60) días calendario, siguientes a la publicación del presente decreto.
Artículo 6°. Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca su incorporación a la nueva planta y tomen posesión del cargo.
Artículo 7°. Los cargos de carrera administrativa vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Reglamentario 1227 de 2005 o demás normas que lo modifiquen o sustituyan.
Artículo 8° Transitorio. Los empleados públicos en condición de prepensionados, se mantendrán en la planta de cargos, mientras conserven la condición que les otorga el supuesto de hecho que generó el beneficio, y extinguida la condición del beneficiario por circunstancias sobrevinientes, los empleos que se señalan a continuación, se entenderán, automáticamente suprimidos:
N° CARGOS
DENOMINACION DEL CARGO
CODIGO
GRADO
Uno (1)
Profesional Especializado
2028
20
Uno (1)
Profesional Especializado
2028
17
Dos (2)
Profesional Especializado
2028
14
Uno (1)
Profesional Universitario
2044
10
Dos (2)
Técnico Administrativo
3124
16
Uno (1)
Técnico Administrativo
3124
13
Dos (2)
Técnico Administrativo
3124
10
Uno (1)
Secretario Ejecutivo
4210
24
Dos (2)
Secretario Ejecutivo
4210
23
Dos (2)
Secretario Ejecutivo
4210
22
Tres (3)
Secretario Ejecutivo
4210
20
Tres (3)
Secretario
4178
14
Uno (1)
Secretario
4178
09
Quince (15)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
08
Dieciséis (16)
Operario Calificado
4169
11
Uno (1)
Operario Calificado
4169
10
Uno (1)
Conductor Mecánico
4103
19
Artículo 9° Transitorio. En defensa de la garantía constituida por el fuero sindical los siguientes cargos de empleados públicos, se mantendrán temporalmente en la planta de personal hasta la fecha de la ejecutoria de la sentencia que autoriza el levantamiento del fuero sindical o al vencimiento del término de este fuero contemplado en la ley o en los estatutos, fecha a partir de la cual se entenderán retirados del servicio:
N° CARGOS
DENOMINACION DEL CARGO
CODIGO
GRADO
Uno (1)
Profesional Especializado
2028
13
Uno (1)
Profesional Especializado
2028
12
Uno (1)
Técnico Administrativo
3124
16
Uno (1)
Secretario Ejecutivo
4210
22
Dos (2)
Secretario Ejecutivo
4210
20
Uno (1)
Secretario
4178
14
Ocho 8
Auxiliar de Servicios Generales
4064
08
Diez (10)
Operario Calificado
4169
11
Uno (1)
Operario Calificado
4169
10
Artículo 10. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 1455 de 2001, 3029 de 2006, 408 de 2007 y 4905 de 2007.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 18 de diciembre de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,
Andrés Felipe Arias Leiva.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Cristina Rodríguez Taylor