DECRETO 4739 DE 2008
(diciembre 15)
por el cual se modifica la composición de la Junta Central de Contadores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 71 de la Ley 1151 de 2007, cambió la adscripción de la Junta Central de Contadores;
Que como consecuencia del cambio de adscripción de la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores del sector educación al sector comercio, industria y turismo, se hace necesario modificar la composición de la Junta Central de Contadores, incluyendo al Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
DECRETA:
Artículo 1°. A partir de la fecha de promulgación del presente decreto, será integrante de la Junta Central de Contadores, el Ministro de Comercio, Industria y Turismo, o su delegado, en lugar del Ministro de Educación Nacional.
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Viceministro de Desarrollo Empresarial encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Ricardo Duarte Duarte.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.